Aguinaldo de S/300 para los servidores públicos

Será para trabajadores estatales, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Pensionistas

por | Jul 7, 2018 | Actualidad

Será para trabajadores estatales, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Pensionistas

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reglamentó hoy el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias para los funcionarios y servidores del sector público, fijándolo en 300 soles, el cual se abonará por única vez en la planilla de pago de julio del 2018.

Mediante Decreto Supremo N° 155-2018-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispone que este aguinaldo se otorga a los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944.

También incluye a docentes universitarios, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; al igual que a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530 y 28091.

En el caso de los gobiernos locales, el aguinaldo es otorgado hasta por el monto fijado en la Ley 30693 y se financia con cargo a sus respectivos ingresos corrientes y en función de la disponibilidad de los recursos que administran.

Requisitos

Para recibir el aguinaldo, los trabajadores públicos deberán estar laborando al 30 de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

Asimismo, contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio del presente año. Si carece de este requerimiento, el beneficio “se abonará en forma proporcional a los meses laborados”.

La disposición establece que los funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública reciben el aguinaldo en una sola repartición pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona los incrementos por costo de vida.

Para el magisterio nacional, el aguinaldo se calcula de acuerdo con lo previsto en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, otorgándose a los docentes con jornada laboral completa una cantidad no menor a la señalada en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley 30693.

En tanto, los internos de Medicina Humana y Odontología recibirán un aguinaldo de 100 soles sin estar afecto a cargas sociales.

Mientras que los servidores del sector público bajo el régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido por la Ley 27735, norma que regula el otorgamiento de estas gratificaciones.


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