Las incapacidades del presidente de la República

por | Ene 27, 2018 | Opinión

Por: Francisco Chirinos Soto

El tema de la permanente incapacidad moral o física del Presidente de la República, como causal para que el Congreso declare la vacancia del cargo, es asunto delicado tanto en el terreno abstracto del dispositivo constitucional pertinente, cuento en el tema específico relacionado con la situación en que se encuentra el actual primer mandatario de la Nación.

Hace ya algunas semanas se produjo un episodio de contornos dramáticos, a partir del planteamiento que se hizo al interior del Parlamento para que éste declarara la vacancia de don Pedro Pablo Kuczynski, por incapacidad moral permanente. Una abrumadora mayoría de 69 congresistas se pronunció por la vacancia, pero la cifra no alcanzó los dos tercios que exige el Reglamento del Congreso. El Presidente se salvó, como al país y al mundo entero les consta, por la negociación efectuada que contempló, por una parte, la abstención de diez congresistas de la mayoría fujimorista, a cambio del indulto que casi simultáneamente concedería el Jefe del Estado al recluido ex–Presidente Alberto Fujimori.

Y con un cinismo grosero y desconcertante, el Jefe del Estado se permitió decir que el Congreso le había renovado la confianza. ¡Qué tal renovación, por 69 votos en contra y 19 votos a favor¡. Esa fue una votación de repudio categórico hacia quien desempeña las funciones del Poder Ejecutivo.

El artículo 113° de la Constitución del Estado merece un examen académico prolijo, particularmente en lo que se refiere a su segundo inciso. Allí se prevé la vacancia por “permanente incapacidad moral o física” del jefe del Estado. La incapacidad moral debe entenderse en dos aspectos sustancialmente distintos. Uno es el comportamiento de la persona de manera reñida con los requerimientos éticos pertinentes. Y el otro consiste en la apreciación y entendimiento que el propio interesado –en este caso, el Presidente de la República- tiene respecto de los supremos valores de la Moral y de la Ética, que deben estar presentes en el comportamiento humano, con especial gravitación en quienes ejercen función pública por elección de la ciudadanía.

Lamentablemente, quien actualmente gobierna al país desde el Ejecutivo ha dado evidentes muestras de no poseer las virtudes morales necesarias en ninguno de los dos aspectos. Se ha establecido su sistemático faltamiento a la verdad en temas sumamente delicados que se relacionan con su desempeño político, antes y durante la presidencia. Y viene demostrando lo que en psiquiatría podría aproximarse a una perturbación, que es entendida, en el campo forense, como una deficiencia mental que impide a la persona apreciar el carácter delictuoso o inmoral de una conducta. Mal puede la persona ordenar debidamente su comportamiento dentro de los cánones de lo moral si no disfruta de una convicción correcta de lo que es la moral.

No considero agotada la posibilidad de una declaración de vacancia de la Presidencia de la República por la causal de permanente incapacidad moral. Creo, además, que la incapacidad moral es necesariamente permanente, a diferencia de la incapacidad física que, en determinados casos, puede ser circunstancial o transitoria. En el Congreso podrá operar la mayoría necesaria y suficiente para declarar la vacancia, lo cual en ningún modo constituiría un golpe de estado, según la extravagante teoría desarrollada por el señor Kuczynski. Golpe de estado es la ocupación ilegítima de las funciones de un poder del Estado por otro poder del Estado o por una fuerza distinta. En el caso de la vacancia declarada por el Congreso, sería el ejercicio legítimo de una atribución constitucional de ese órgano del Poder Público.


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