Sería confiscación de patrimonio privado, denuncian
La última sentencia del Tribunal Constitucional (TC), referida al caso del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), no solo redujo la deuda del Estado a los aportes de los trabajadores, sino que dispone excluir a alrededor de 328.000 fonavistas de la devolución del dinero, según alerta la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf-Perú).
El fallo —016-2021 — señala que «corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 2 (de la ley 31173) en el extremo que permite la posibilidad que se incluya en la devolución a diversas personas, sin evaluar si es que recibieron algún beneficio directo o indirecto de los recursos del Fonavi».
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El Fenaf-Perú sostiene que con dicha decisión el TC buscaría excluir de la devolución de aportes a los prestatarios del Banco de Materiales, fonavistas que viven en lugares donde se ejecutaron obras de saneamiento y electrificación. Una parte ya pagó su deuda y otra está pendiente de pago, pero lo harían con el dinero que se les debe. Precisan que los costos de conexión domiciliaria ya fueron devueltos por los trabajadores a través de los recibos de agua y luz.
Por otro lado, les preocupa que la evaluación de quién fue beneficiado o no quedaría en manos de la Comisión ad Hoc, cuya mayoría la tiene el Ejecutivo, por lo que fácilmente podrían excluir a estas personas imponiendo sus criterios.
«Si los miembros de la Comisión ad hoc representantes del Poder Ejecutivo (deudor) imponiendo su mayoría resuelven excluir a 328.000 fonavistas de la devolución de su propio dinero bajo el pretexto que se habrían beneficiado con su propio dinero, estarían confiscando patrimonio privado, acción prohibida por el Art. 70° de la Constitución Política del Perú», detalla el gremio.