La prensa internacional da cuenta que el Perú se convirtió en el país con la mayor letalidad por el coronavirus, una de las peores crisis sanitarias a pesar de las restricciones y prohibiciones a las que estamos sometidos.
El gobierno peruano ha hecho su menor esfuerzo para afrontarla, usar mascarillas, lavarse las manos y la cara constantemente resultaría algo muy simple para todos, si no fuera porque todos no contamos con el mismo derecho de acceso al agua potable.
El derecho al agua, según normas internacionales, comprende obligaciones específicas que exigen a los Estados la garantía de una cantidad suficiente de agua potable para el uso personal y doméstico o, al menos, el acceso progresivo y adecuado a este vital elemento, fundamental para la dignidad humana; esto comprende el saneamiento, el consumo, el lavado de ropa, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica.
Según la OMS se requieren entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para cubrir la mayoría de las necesidades básicas y tiene que ver con la prevención de enfermedades, en este caso el COVID; las cantidades, según indican, dependen de la demanda de uso del agua del estado de salud o la gravedad de las personas.
El agua como patrimonio universal, debe ser declarada como un bien público y por tanto debe ser protegida por todos los niveles de gobierno.
Según la ENAHO, tres millones ochocientos seis mil peruanos, más o menos, aún no tienen acceso al servicio de agua por red, en este caso, las comunidades organizadas y no el estado son las que se ponen al frente de la gestión del recurso y es el estado y no ellas quien debe ponerse a la vanguardia para resolver el acceso universal al agua.
SEDAPAL tiene programadas diferentes intervenciones a nivel metropolitano, que involucran el desarrollo de proyectos o esquemas de abastecimiento de las redes en favor de diferentes asentamientos humanos, que demanda de una inversión ya programada, teniendo en cuenta que, de acuerdo a su Reglamento, se requiere plano de lotización, por lo que el reajuste integral de zonificación (RIZ) a cargo de los municipios, se convierte en un instrumento de gestión territorial y debe tener la prioridad de su aprobación inmediata acortando los plazos establecidos en la norma que obliga modificarla.
Se requiere de voluntades políticas para establecer que la emergencia sanitaria debe verse de manera integral, no solo apelar a las restricciones, sino también a la flexibilización de plazos en materia de gestión de saneamiento.
La gran tarea pendiente es asegurar que los servicios básicos de agua y saneamiento sean accesibles y de calidad para todos los ciudadanos, bajo la determinación de la huella hídrica como indicador de uso de agua.
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