La multa para las empresas que no realicen el pago de la CTS dependerá si es una micro, pequeña, mediana o gran empresa, señala la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Las empresas tienen plazo solo hasta el 15 de noviembre para pagar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores. ¿Qué pasa si no cumplen con este beneficio laboral?
En caso las empresas incumplan con el pago de la CTS, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) señala que existen distintas multas diferenciadas por considerarse una infracción grave.
“Se trata de tres escalas de multas diferenciadas para la micro, pequeña, mediana y gran empresa (No MYPE) que aplica la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), montos que van entre los S/ 484 hasta los S/ 114,928”, explicó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en REMYPE no podrán superar, en un mismo procedimiento sancionador, el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
Por no pagar CTS, las microempresa deberán pagar una multa de entre S/ 484 y S/ 1,980. Mientras que las pequeñas empresas son sancionadas con entre S/ 1,980 y S/ 19,800. Las medianas y grandes empresas recibirán multas de entre S/ 6,908 y S/ 115,928.