Francisco Chirinos Soto
Mostrando una gran flexibilidad y mejor voluntad para superar las pequeñas diferencias ocurridas entre ambos en el curso de los días recientes, el Presidente de la República, don Martín Vizcarra Cornejo y el Presidente del Congreso de la República, don Daniel Salaverry Villa, acaban de tener una aproximación estrechísima, pues el primero de los nombrados no ha tenido el menor inconveniente en recorrer a pie las cuadras que separan a la Casa de Pizarro del Congreso, para entregar un legajo de proyectos de ley que se consideran especialmente importantes para llevar adelante la transformación jurídica, política y administrativa que el Perú está requiriendo. No han faltado los comentaristas negativos que consideran que el Jefe del Estado ha incurrido en una especie de abdicación de su rango y de sus funciones. Sin embargo, esto no es verdad, porque el señor Vizcarra ha puesto de relieve la necesidad apremiante que tiene el país de resolver algunas cuestiones jurídico-políticas que se hacen necesarias para facilitar la gobernabilidad.
No cabe duda que será el tema de la bicameralidad el que provoque un más encendido debate en la opinión pública y en los medios de comunicación social. Al respecto se propone el retorno a las dos cámaras legislativas sin el incremento de burocracia. Inclusive, político tan experimentado como Antero Flores Araoz ha señalado que puede organizarse una Cámara de Diputados con 100 miembros y una Cámara de Senadores con 30. Lo único que habría que nombrar es un nuevo Oficial Mayor, ya que cada cámara debe tener uno. En cuanto a personal, es visible que existen ya ubicados en las planillas del Poder Legislativo varios centenares de funcionarios que pueden distribuirse con la máxima comodidad la labor correspondiente. Quiere decir, pues, que el tema de la bicameralidad no debe constituir un dolor de cabeza.
Otro de los asuntos delicados que figura en el conjunto de propuestas enviadas por el Ejecutivo al Legislativo es, sin duda, el de la reelección inmediata de los parlamentarios. Reiterando aquello de que el parlamentario, llámese congresista, senador o diputado, en un funcionario con atribución puramente legislativa, ya que no tienen iniciativa de gasto a partir de la Constitución de 1979, no debe existir obstáculo para que sean objeto de reelecciones sucesivas, ya que carecen de recursos para invertirlos en campañas proselitistas a su favor. Diferencia sustantiva con los gobernadores, alcaldes y otros funcionarios de la escala administrativa pública que si tienen capacidad de gasto y posibilidad de desviar recursos hacia sus propios intereses políticos.
Personalmente no creo que el Congreso disponga de tiempo razonable para el estudio de los proyectos y la formulación de las enmiendas constitucionales pertinentes para el día 7 de octubre del presente año, en que debe realizarse el proceso electoral para cambio de gobernadores y autoridades municipales. En tal caso, tendrá que esperarse, según la propuesta presidencial, a la última semana de diciembre para llevar a cabo el referéndum anunciado.