Por Antero Flores-Araoz / Compleja normativa electoral

por | Oct 22, 2022 | Opinión

Acabamos de tener elecciones para las autoridades regionales y municipales del más alto nivel, esto es para gobernadores regionales y sus consejeros, así como para alcaldes  regidores.

Resaltando que el proceso electoral se ha realizado ordenadamente y sin mayores tropiezos, también es cierto que nuevamente se percibe que la normatividad electoral es compleja y que los miembros de mesa tienen que hacer malabares para conducir la votación, llenar las actas, hacer la sumatoria de votos y en general todo lo que implica la responsabilidad que les ha conferido la Nación.

Lo señalado anteriormente es más grave de lo imaginado, pues no todos los miembros de mesa tienen educación superior o son conocedores de la normatividad electoral.  La gran mayoría de los miembros de mesa, tienen por lo general el grado de instrucción elemental, siendo obvio que no es lo mismo la conducción de una mesa electoral en San Isidro o en Los Olivos, que alguna otra en localidad lejana en el departamento de Puno y ello por las características promedio de sus electores. Ojalá todos tuvieren alta preparación, pero la realidad es bastante distinta. Lo dicho solo es para graficar la situación.

Para las elecciones generales (presidente con sus vice presidentes, Parlamento Nacional y Parlamento Andino), el llenado de las actas electorales es muy laborioso, lo que se agrava con el cómputo de los votos preferenciales parlamentarios. Menos difícil por cierto es el llenado de las actas en las justas electorales regionales y municipales.

Se complica la labor de los miembros de mesa de sufragios, con la aplicación de las normas que el propio Jurado Nacional de Elecciones tiene aprobadas.  Para las elecciones generales se tiene el Reglamento aprobado por la Resolución 331-2015-JNE, y para las elecciones regionales/municipales está en vigor el Reglamento aprobado por la Resolución 981-2021-JNE.

Las dos normas antes citadas, para en alguna medida ilustrar la complejidad que raya en invitación para cambiar resultados en mesa, es que cuando hay algún candidato que supuestamente obtiene más votos del número total de electores, se anula la votación de dicho candidato, pero se mantiene la votación de los demás.

Lo expuesto no tiene mucho sentido, pues se induce a que se asignen más votos a un candidato con el ánimo de perjudicarlo, cuando en otras mesas pudiese ser para beneficiarlo.  Quien por cierto se beneficia es el o los candidatos con menor votación, que no superaron al máximo de electores, pues sus votaciones quedan firmes para el cómputo, mientras que las del candidato con votos excesivos es castigado.

Como vemos el ánimo en alguna forma sancionador, supera a lo que debe ser la verdad electoral, que se supone es a lo que aspiran las autoridades electorales y las agrupaciones políticas con sus candidatos en la contienda.

Insisto una vez más, que necesitamos contar con un Código Electoral, que también contenga las reglas de procedimiento, y no la enorme y difusa normativa existente que lo único que logra es generar conflictividad que bien debería evitarse.


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