De acuerdo con nuestra Constitución, entre los principales deberes y responsabilidades que tiene quien ejerce la Presidencia de la República, secundado por su Gabinete Ministerial, está el cumplir y hacer cumplir la normatividad legal, así como velar por el orden interno y adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República.
Para lo antes expuesto la Constitución ha dotado a la Presidencia de diversas herramientas y mecanismos, como es la declaración de regímenes de excepción, específicamente el “Estado de Emergencia” y el “Estado de Sitio”.
El Estado de Emergencia es para el caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. El Estado de Sitio es en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil o peligro inminente de que se produzca. En ambos casos hay restricción o suspensión de algunos derechos constitucionales que normalmente protegen a la población.
Si la Policía Nacional, en situación de normalidad, tiene por finalidad fundamental, garantizar, mantener y restablecer el orden interno, acorde con el mandato constitucional y, por otro lado las Fuerzas Armadas pueden incluso asumir el control del orden interno, de así disponerlo el Poder Ejecutivo, no es correcto que en actitud timorata, ante graves atentados contra el orden interno, el gobierno que preside la señora Boluarte, no hiciera uso oportuno y a cabalidad de los mecanismos y herramientas señalados, así como del personal policial y militar presto a actuar con arreglo a ley.
Las herramientas legales y materiales descritas, no solo debieron ser utilizadas para restituir el orden público, sino para impedir que el mismo sea alterado. Si tenemos disturbios, secuestros a policías, incendios de instalaciones del Poder Judicial, del Ministerio Público, así como de comisarías, además de importantes centros laborales del sector privado, debió decretarse a tiempo el estado de emergencia en todo el país, con suspensión de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, de inviolabilidad domiciliaria y de reunión y tránsito.
No es dable que el estado de emergencia fuera declarado a cuenta gotas y focalizado, olvidando que en estos casos la “medicina social” no solo es restitutiva sino preventiva. Felizmente ya se amplió a todo el país.
Cualquier persona que transita por un barrio inseguro, tomará las precauciones para evitar incidentes. Si hay peligro de atentados contra la propiedad, se pondrán alarmas y se redoblará las medidas de seguridad y así podríamos seguir con los ejemplos. Sin embargo, el Estado demostró temor de actuar con las armas que la Constitución y la ley le ha otorgado.
Observamos con preocupación el hecho que se restrinja la actuación policial, que se pretenda que ni siquiera usen armas no letales, un poco más y se ordena que cambien los uniformes por la indumentaria de novicios y monaguillos. Incluso se les persigue con procesos legales interminables solo por cumplir con sus obligaciones, las que de suyo pueden generar daño colateral. Recuerden que en las protestas transformadas en revueltas hay delincuentes que no deben ser tratados con guantes de seda, incluso hay más que evidencias de ser infiltrados por terroristas.
Recordemos también que la ineptitud se convierte en complicidad cuando hay advertencias y no se corrigen los defectos a tiempo, por lo cual si algunos ministros que no quieren exposición a riesgos, simplemente renuncien y que se designen a los adecuados.