Se considera como gasto tributario, señala la Cámara de Comercio de Lima
Por motivo de las fiestas navideñas y de fin de año, las empresas del sector privado entregan a sus trabajadores, a título gratuito, determinados regalos como canastas, pavos, panetones, entre otros. No obstante, para la administración tributaria esta práctica significa un gasto tributario para las empresas que deberá ser sustentado, indicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“Se considera como un gasto tributario para la empresa por cuanto cumplen con los principios de causalidad, razonabilidad y generalidad, según el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta”, manifestó el gerente del Centro Legal de la CCL,Víctor Zavala.
También deberá emitirse boleta de venta, toda vez que constituye una entrega de bienes a título gratuito, según lo indica el artículo 8° numeral 8 del Reglamento de Comprobantes de Pago.