Impide que descuento en haberes de militares y policías pase de 5% a 2%
Carlos Flores
El Ejecutivo observó la ley que permite a militares y policías solicitar la devolución total de aportes al Fondo de Vivienda Militar y Policial en caso de que no hayan sido beneficiados con dicho sistema.
El gobierno esperó el último día que la ley le permite para aprobar u observar la norma, optando por lo último, afectando así los derechos d ellos uniformados.
Cabe indicar que el Pleno del Congreso aprobó el 12 de abril el texto sustitutorio de la propuesta legislativa que modifica diversos artículos de la Ley 24686, que crea en cada instituto de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales el Fondo de Vivienda Militar y Policial.
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El dictamen se sustentaba en los proyectos de ley 052/2021, 1080/2021, 1151/2021, 1707/2021, 1779/2021, 2485/2021 Y 3685/2022. Obtuvo 108 votos a favor, cero votos en contra y una abstención. Fue exonerado de segunda votación.
Entre los cambios que introdujo estaban la modificatoria al artículo 22 de citada ley.
Anteriormente la norma solamente indicaba que el personal militar y policial, quedará excluido del aporte al Fovipol, una vez que haya cancelado el monto de la vivienda o préstamo respectivo.
La norma observada agregaba que los aportantes pensionables que hayan pasado a retiro sin haber sido beneficiado por el fondo, pueden solicitar la devolución del total de sus aportes, más los intereses generados. El plazo máximo para la devolución de este dinero será de tres meses luego de haber presentado la solicitud.
Actualmente el aporte obligatorio del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que cuenten o no con casa o terreno propio es el 5% de su remuneración pensionable.
La norma observada establecía que la contribución sea del 2% de la remuneración consolidada pensionable.
En cuanto al aporte del Estado, su cuota es actualmente es el equivalente al 2% de las remuneraciones pensionables del personal policial y militar. La norma observada indicaba que este aporte sería el mismo porcentaje pero de la remuneración consolidada pensionable.