Por Antero Flores-Araoz / Información y rectificación

por | Jun 7, 2023 | Opinión

Quienes han estudiado periodismo o ciencias de la comunicación, conocen que en las enseñanzas que se les han impartido, no siempre bien aprendidas, se encuentran los aspectos éticos de tal profesión, sobre todo vinculados con la verdad.

La comunicación a través de la prensa, por lo menos los legos, tenemos la impresión que tiene dos vertientes, una en la opinión, que por supuesto tiene que ser sin agravios, insultos ni diatribas. La otra es la información, en que el periodista y su medio tienen la obligación de ser veraces, esto es informar con la verdad, pues la mentira puede perjudicar y dañar gravemente honras, reputación, prestigio y buen nombre.

No requerimos siquiera entrar a las normas legales, nacionales o internacionales, para saber que el criterio de la verdad no solo es derecho del que informa, sino su obligación. Lo encontramos señalado en los tratados sobre Derechos Humanos como también en la Declaración de Chapultepec, sin olvidar las disposiciones de las relatorías de libertad de prensa de la ONU y OEA entre otras.

Como informar es obra humana, está sujeta al error y por ello, si en la prensa se ha incurrido en alguna equivocación, tanto el periodista informador como el medio que la alberga, tienen la obligación moral de hacer la rectificación una vez enterado del error.

La rectificación no puede esperar, debe existir inmediatez. El correr del tiempo va reforzando como cierta la información errada, siendo ello contraproducente y dañino para el afectado. La rectificación y las disculpas no desmerecen a quien la hace sino lo enaltecen

Para cumplir con el precepto ético aludido, no debería requerirse ni la remisión de cartas notariales ni que el juez lo ordene, bastaría la simple verificación del periodista y su medio, respecto al error.

Pese a todo lo expuesto hay medios y periodistas, incluso los que fungen de tales, que irresponsablemente son reincidentes o reiterantes en tan mala práctica, que incluso podría conducirlos a ser considerada su acción como difamación, injuria o calumnia, que son delitos.

Como un ejemplo o imagen pueden valer más que mil explicaciones, recurro a un solo ejemplo. En los cortos días de noviembre de 2020 que ejerció la Presidencia de la República Manuel Merino, se dijo que habíamos incurrido en grave falta, al haberse otorgado a una empresa vinculada con la más antigua empresa de telefonía del país, una indebida concesión de Internet, como si ello fuese un acto reñido con la ley y las buenas prácticas públicas.

La concesión fue otorgada por R.M. de Transportes y Comunicaciones, con la que nada tenían que ver los demás ministros y, como acreditó el titular del Sector, en dicho momento contaba con los informes favorables y era un tema regular.  Tan regular fue que hay 1198 concesiones otorgadas, de las cuales 385 correspondían al servicio de Internet, 37 son del año 2019, 44 del 2020, 106 del 2021 y muchos más después. Ha pasado más de dos años y medio y el infractor ni una línea de rectificación.


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