Se prolonga el estado de emergencia en la Red Vial Nacional

Gobierno decidió que se extendiera por 30 días el estado de emergencia

por | Ene 5, 2024 | Actualidad

Gobierno decidió que se extendiera por 30 días el estado de emergencia

El estado de emergencia en la Red Vial Nacional y en las redes viales departamentales o regionales fue extendido por el Gobierno por un período adicional de 30 días.

La disposición entrará en vigencia a partir del sábado 6 de enero, conforme a lo estipulado en el decreto supremo 001-2024-PCM, difundido hoy en la sección de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

La declaración de emergencia abarcará asimismo el área ubicada en los 500 metros contiguos a ambos lados de las vías mencionadas.

Esta prórroga, decretada por el Ejecutivo, se da con el fin de «restablecer y/o preservar el orden interno, así como garantizar los derechos de la constitucionales de la población frente a los actos violentos que se llevarían a cabo en las vías que integran la Red Vial Nacional y las Redes Viales Departamentales o Regionales», según se señala en el texto publicado hoy.

Además, la prolongación del estado de emergencia se fundamenta en una sugerencia emitida por la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú.

En cuanto a las restricciones y el marco legal, durante este período excepcional se implementarán suspensiones en el ejercicio de los derechos constitucionales como la inviolabilidad del domicilio, la seguridad personal, así como las libertades de tránsito por el territorio nacional y de reunión.

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En este decreto supremo también se establece que la PNP debe presentar al ministro del Interior, en un plazo de cinco días después de la conclusión del estado de emergencia, «un informe detallado de las acciones realizadas» durante este periodo.

Es necesario destacar que las acciones llevadas a cabo por la Policía y las Fuerzas Armadas se ejecutarán conforme a lo establecido en los decretos legislativos que norman el empleo de la fuerza por parte de ambas instituciones, específicamente los decretos legislativos 1186 y 1095, respectivamente.


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