La bicameralidad permitirá el retorno de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores
El pleno del Congreso de la República ratificó en segunda votación, este miércoles 6 de marzo, el dictamen de ley que propone el retorno al parlamento bicameral, conformado por una Cámara de Diputados y una Cámara de Senadores.
Además, los representantes serán elegidos por un período de cinco años y tendrán la opción de reelección inmediata.
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Funciones de la Cámara de Senadores
- Aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados.
- Elegir al defensor del Pueblo y removerlo por falta grave con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros.
- Designar al contralor General de la República y removerlo por falta grave.
- Elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros.
- Elegir a tres directores del Banco Central de Reserva (BCR) y ratificar la designación de su presidente, pudiendo removerlos por falta grave.
- Ratificar al superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
- Autorizar al presidente de la República para salir del país en viajes diplomáticos y de representación.
- Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, sin afectar la soberanía nacional.
- Revisar los decretos de urgencia dictados por el presidente durante el interregno parlamentario.
- Ejercer control sobre decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados y decretos de régimen de excepción.
- Aprobar los tratados antes de su ratificación por el presidente de la República.
- Ejercer otras atribuciones que señale la Constitución y las propias de su función.
El Senado estará conformado por 60 miembros, elegidos por un período de cinco años, garantizando al menos un representante por cada circunscripción electoral y el resto elegido por distrito único a nivel nacional.
Por otro lado, la Cámara de Diputados estará compuesta por 130 integrantes, igualmente elegidos por un período de cinco años, permitiendo la reelección inmediata de senadores y diputados.