Se incluyen también a quienes obtengan o perciban rentas distintas a las de tercera categoría
El lapso para declarar y pagar el Impuesto a la Renta (IR) correspondiente al ejercicio fiscal 2018 es del 25 de marzo hasta el 05 de abril en función del Registro Único de Contribuyentes (RUC), señaló hoy el Grupo Verona.
En este sentido, se aprobó la Resolución Ministerial 015-2019-Sunat, la cual dicta las normas y formularios aplicables para la Declaración Jurada Anual del IR y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF).
Vale decir que los pagos mensuales, bien sean directos o retenciones efectuadas en el año 2018 son considerados pagos a cuenta del Impuesto a la Renta Anual, por lo cual pueden ser utilizados como créditos, con el fin de reducir el monto anual del IR que se determine en la Declaración Jurada Anual del ejercicio fiscal 2018.