MIMP ofrece mayores protecciones a las víctimas de violencia

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) está reforzando los procedimientos de atención de las denuncias por violencia

por | Jul 27, 2024 | Actualidad, Política

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) está reforzando los procedimientos de atención de las denuncias por violencia

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) ha actualizado los procedimientos para la atención de denuncias de violencia contra mujeres y miembros del grupo familiar, con el objetivo de asegurar una investigación coordinada entre todos los sectores y entidades implicados, incluidos los operadores de justicia.

A través del Decreto Supremo Nº 004-2024-MIMP, se han realizado modificaciones en el protocolo base para la actuación coordinada en la atención integral y protección de casos de violencia, especificando las intervenciones del Instituto de Medicina Legal, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y el Poder Judicial.

En este contexto, el Mimp aclara que el Instituto de Medicina Legal (IML) debe evitar la revictimización, especialmente de menores de edad.

Así, cualquier evaluación se llevará a cabo solo si el niño, niña o adolescente lo desea, y en presencia de sus padres o acompañantes, siempre con el consentimiento informado de la víctima, teniendo en cuenta su edad, desarrollo, características culturales y el uso de lenguas indígenas o originarias, si aplica.

La normativa exige que los psicólogos involucrados sean profesionales capacitados en técnicas de entrevistas forenses, especialmente cuando se trata de casos de violencia de género o delitos sexuales contra integrantes del grupo familiar.

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Además, los exámenes deben tener en cuenta necesidades básicas como el sueño, la temperatura y el hambre, para evitar condiciones que puedan interrumpir o afectar el desarrollo de la víctima. Esto se realiza en conformidad con los principios establecidos en la Ley Nº 30364, especialmente en casos que requieran rapidez, urgencia o flagrancia delictiva.

Si no se dispone de estos recursos, la norma permite derivar las actuaciones a los servicios especializados del Ministerio de Salud (Minsa), EsSalud u otros centros adecuados.

Es relevante destacar que, en el caso de víctimas con discapacidad, no se requiere presentar documentos de acreditación como el carné del Conadis o el certificado de discapacidad.

Los servicios del Instituto de Medicina Legal (IML), brindados con rapidez, deberán ser gratuitos, sin importar si los solicita el juzgado, la fiscalía, la Policía Nacional u otras instituciones competentes.

Además, la víctima podrá acceder a estos servicios sin necesidad de presentar un documento de identidad, según establece la norma que garantiza la atención integral y multisectorial para las víctimas de este tipo de violencia.


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