Desestiman denuncia de GyM contra Protransporte

Por recaudo electrónico para corredores

por | Feb 10, 2018 | Política, Titulares

Por recaudo electrónico para corredores

Poder Judicial encontró que adjudicación de contrato fue irregular.

La empresa peruana Graña y Montero (GyM) enfrenta un nuevo revés dentro de sus negocios en el sector público esta vez ante la decisión del Poder Judicial de declarar infundada su demanda interpuesta contra Protransporte, ente de la Municipalidad de Lima, por la anulación del contrato de concesión del recaudo electrónico para el sistema de corredores viales de transporte.

Ello consta en la resolución emitida por el 6to. Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima, que venía revisando este caso que se remonta hasta el 16 de marzo de 2015, cuando el directorio de Protransporte acordó declarar la nulidad del contrato debido a irregularidades detectadas en su adjudicación.

Y es que Graña y Montero junto a su subsidiaria GMD conformaron el Consorcio Recaudo Lima, que obtuvo la buena pro para implementar el cobro electrónico en los buses que circularían por los corredores segregados de buses ubicados entre las avenidas Tacna, Garcilaso de la Vega y Arequipa, esto en los últimos meses de gestión de la exalcaldesa Susana Villarán.

Sin embargo, la sala judicial que vio este caso encontró que dicho contrato fue adjudicado sin esperar la opinión previa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), algo exigido en el Decreto Legislativo Nº 1012, que establecía incluso que cualquier omisión a esa obligación podía ser sancionado con la nulidad de un contrato.

A ello se le suma otra opinión al respecto elaborada por la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia, ratificando que era irregular el modo en que fue adjudicado el contrato de recaudo electrónico.

Respecto al otro aspecto invocado por GyM en su demanda, referido a que Protransporte incurrió en abuso de autoridad y que se debía retrotraer la decisión de su directorio, la sala judicial consideró que no había motivos para ello ya que además de la posición del MEF estaba un pronunciamiento de la Contraloría, advirtiendo del riesgo de nulidad del referido contrato.


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