Todas las empresas que utilicen monedas virtuales deberán regular su situación fiscal y financiera
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la norma para la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) aplicable a los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) bajo la supervisión de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
El objetivo de la norma es prevenir que dinero proveniente de la corrupción y otros delitos ingrese al mercado formal a través del uso de monedas virtuales. Actualmente, se estima que alrededor de 1,2 millones de peruanos poseen y mueven criptomonedas.
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La norma para la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo aplicable a los PSAV supervisados por la UIF Perú abarca a todas las personas naturales o jurídicas, domiciliadas o constituidas en el país, que realicen una o más de las siguientes actividades u operaciones como negocio:
- Intercambio entre activos virtuales y monedas fiat (de curso legal)
- Intercambio entre una o más formas de activos virtuales
- Transferencia de activos virtuales
- Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales
- Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual
Además, esta norma incluye a las sucursales establecidas e inscritas en Perú de personas jurídicas constituidas y domiciliadas en el extranjero.