Bonos de 25% y 20% de monto que reciben, entre otros beneficios
Miles de jubilados del Decreto Ley 19990 tiene tres maneras de incrementar su pensión de jubilación, a través del pago de bonificaciones.
En primer lugar, el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) otorga una Bonificación por Edad Avanzada a sus pensionistas de vejez y jubilación del D.L. N°19990, y que además cuenten con 80 o más años de edad.
Este beneficio mensual equivale al 25% de la pensión habitual que el beneficiario percibe en la fecha en que cumple 80 años de edad. Vale decir, si un jubilado de la 19990 recibe una pensión de 600 soles mensuales, si cumple 80 años de edad recibe un incremento de 200 soles mensuales, que es el 25% de incremento.
En segundo lugar, miles de jubilados que aportaron, – al 1 de mayo de 1973, por lo menos 10 años al Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares – tendrán derecho a una bonificación complementaria equivalente al 20% de su remuneración de referencia. Este beneficio se otorgará, si al momento de solicitar su pensión de jubilación acreditan 25 o 20 años de servicios para hombres y mujeres, respectivamente.
En tercer lugar, los jubilados pueden mejorar su pensión a través de la entrega de una bonificación por “Gran Invalidez”, los que pueden solicitarla son los pensionistas de invalidez, o de viudez u orfandad inválidos del D.L. N° 19990.
En cuarto lugar, también podrán mejorar sus pensiones si tienen esposas e hijos. El incremento por cónyuge y el incremento por cada hijo, son beneficios que la Oficina de Normalización Previsional otorgan al pensionista de jubilación o invalidez; siempre que:
El cónyuge dependa económicamente de un pensionista del D.L. N° 19990., existan hijos del pensionista del D.L. N°19990 menores de dieciocho años de edad y existan hijos del pensionista del D.L. N°19990 mayores de dieciocho años de edad que sigan estudios superiores o que estén incapacitados para el trabajo.