Avanza País, realizó el pago debido al tema de financiamiento público a empresa investigada en el caso Odebrecht. Representante legal de la compañía, también fue beneficiada como persona natural con un monto mayor a los dieciséis mil.
El uso del dinero del financiamiento que se le otorgó a Avanza País, sigue dando que hablar, debido a que al casi medio millón de soles destinado a capacitaciones por parte de una empresa que funcionaba en una fotocopiadora, se le suman los servicios de una compañía la cual se encuentra investigada por un supuesto lavado de activos en la trama de Odebrecht.
Dicha compañía, de nombre Imasen S.A.C, recibió siete mil cuatrocientos soles, por parte de la agrupación política, debido al “Servicio para la realización de una evaluación sobre las necesidades de desarrollo en las ciudades comprendidas en la primera fase del programa de expansión geopolítica a nivel nacional”.
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Pese a que, mediante una resolución del mes de abril en el año 2023, el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró fundada la incorporación de la compañía mencionada y, en noviembre del mismo año, la Tercera Sala Penal de Apelaciones, será la encargada de confirmar dicha decisión.
Conforme al Equipo Especial Lava Jato, la empresa brindó servicios a diversas campañas políticas, entre ellos del “No a la revocatoria” y a la reelección de Susana Villarán. Todo ello, se realizó bajo la gestión de Giovanna Peñaflor Guerra, quien habría aprovechado su posición como gerente general, para captar fondos ilícitos y realizar transferencias financieras a cuentas de la compañía en distintos bancos, facilitando así el blanqueo de dinero.
Ante los montos que Avanza País, había destinado para dicha empresa, también optaron por pagar dieciséis mil setecientos cuarenta, a Peñaflor como persona natural por un servicio de media training. En tanto, el periodista Alonso Ramos, reveló que la ONPE determinó que no cumple con las disposiciones legales vigentes sobre el uso de fondos partidarios, ello, dado que el servicio fue en favor de los voceros y no de la formación partidaria.
“No cumple con lo señalado en el art. 20 del RSFP el cual establece que las actividades de capacitación son aquellas actividades del partido político que tiene como objeto contribuir a la capacitación técnica para la participación política de la ciudadanía, que permita formar ciudadanos aptos e idóneos para asumir potencialmente cargos públicos en concordancia con el inciso e) del artículo 2 de la LOP, el cual tiene por objeto forjar una cultura cívica y democrática, que permite formar ciudadanos preparados para asumir funciones públicas”, precisa el documento.