Vizcarra podría acudir al TC y, si es necesario, a la Corte IDH. Si no logra revertir su situación, estará inhabilitado para postular a cargos públicos hasta abril de 2031.
Martín Vizcarra, a pesar de asegurar su participación en las próximas elecciones generales como candidato presidencial, enfrenta una situación legal adversa. La Primera Sala en lo Constitucional de Lima confirmó la inhabilitación de 10 años que el Congreso le impuso por vacunarse irregularmente contra la COVID-19 con dosis experimentales de Sinopharm. Su esposa Maribel Díaz y su hermano César Vizcarra también recibieron estas vacunas.
Rechazo de apelación y agotamiento de vías judiciales
La Sala Constitucional rechazó la apelación presentada por Vizcarra contra el fallo que declaró improcedente el amparo que interpuso en abril de 2021. Este recurso buscaba anular la sanción dictada por el Parlamento. Esto se emitió después de que Vizcarra fuera elegido como congresista por Lima con más de 165,000 votos. Su escaño fue asumido por José Jerí, su accesitario.
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El colegiado concluyó que el Parlamento no violó los derechos constitucionales de Vizcarra durante el proceso que resultó en su inhabilitación. Con esta decisión, Vizcarra podría acudir al Tribunal Constitucional (TC) a través de un recurso de agravio constitucional. En el TC ya se encuentra un amparo relacionado con una segunda inhabilitación de 5 años, impuesta por no declarar su participación en la empresa C y M Vizcarra mientras era ministro de Transportes.
Futuro legal y discordia en el tribunal
Fuentes cercanas al expresidente indican que también llevará este caso al TC, buscando agotar todas las vías internas. Es más, de ser necesario, piensa acudir a organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Durante la votación en segunda instancia, se presentó una discordia entre los jueces. Los magistrados Bacilio Cueva y Andrés Tapia votaron por confirmar la improcedencia de la demanda, mientras que el juez Oswaldo Ordoñez votó por anular la sentencia de primera instancia. Para resolver la discordia, se convocó al magistrado Eduardo Romero, quien ratificó la improcedencia del amparo.
Argumentos desestimados y comparación con el caso Petro
Vizcarra argumentó que no podía ser inhabilitado sin una condena penal previa, pero la Sala Constitucional sostuvo que la inhabilitación impuesta por el Congreso es política y discrecional, basada en infracciones a la Constitución. Además, desestimó el alegato de falta de imparcialidad por parte de los congresistas, subrayando que no se les puede exigir la misma imparcialidad que a un juez.
El colegiado también confirmó que el Congreso definió claramente el hecho que constituyó la infracción constitucional: «aprovechamiento indebido del cargo para acceder de manera irregular a la vacuna contra el SARS-CoV-2 y beneficiar a sus familiares directos».
La defensa de Vizcarra comparó su caso con el del presidente colombiano Gustavo Petro, quien fue destituido e inhabilitado por la Procuraduría de Colombia. Sin embargo, la Sala Constitucional aclaró que, en Perú, la inhabilitación política es una facultad del Congreso contemplada en la Constitución.
Precedente y jurisprudencia
La Sala Constitucional citó jurisprudencia del Tribunal Constitucional, destacando su fallo en el proceso competencial entre el Congreso y el Poder Judicial por decisiones judiciales que impactaron la elección del defensor del Pueblo y la Sunedu, entre otros casos.