¿Feriado largo a partir del 31 de octubre: qué debemos saber?

Descubre si este jueves 31 de octubre se considera feriado para los trabajadores del sector público y privado, de acuerdo con el decreto publicado en El Peruano.

por | Oct 30, 2024 | Actualidad

Descubre si este jueves 31 de octubre se considera feriado para los trabajadores del sector público y privado, de acuerdo con el decreto publicado en El Peruano.

El debate sobre la posibilidad de un feriado largo en Perú a partir del 31 de octubre ha suscitado gran interés entre los ciudadanos. Con la proximidad de Día de la Canción Criolla y Halloween, muchos se preguntan si habrá días libres que les permitan disfrutar de la festividad.

Según la normativa vigente, el 31 de octubre no es un feriado oficial en el país. Sin embargo, algunas personas han especulado sobre la posibilidad de que, al coincidir con el Día de Todos los Santos el 1 de noviembre, se pueda generar un feriado largo si la administración pública decide implementarlo.

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha indicado que, aunque el 31 de octubre no está establecido como feriado, es importante que los empleadores y trabajadores dialoguen sobre la posibilidad de otorgar ese día libre, especialmente en el contexto de la celebración de Halloween. Esto podría facilitar a muchos la oportunidad de disfrutar con sus familias y amigos.

Es fundamental que los ciudadanos estén atentos a las comunicados oficiales, ya que cualquier decisión al respecto deberá ser anunciada por el gobierno. Mientras tanto, los peruanos pueden planear con anticipación sus actividades para la festividad.

Para más información sobre el estado de los feriados y la normativa vigente, se recomienda revisar fuentes oficiales y estar atentos a los anuncios del Ministerio de Trabajo.

¿CÓMO SE CALCULA EL PAGO DEL FERIADO?

¿A continuación, te presentamos la manera que te permitirá calcular el monto por haber trabajado en feriado. En caso recibas una remuneración mensual de S/1,500 soles (50 soles diarios), el pago que te corresponde es el siguiente:

  • Una remuneración por el feriado (S/50)
  • Una remuneración por el trabajo realizado (S/50)
  • Sobretasa del 100 % (S/50)

Por lo tanto, debes tener en cuenta que el total que deberías recibir es S/150 por el día feriado laborado.


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