El fiscal Jorge Chávez Cotrina informó que el Gobierno ha admitido la existencia de una “política de despenalización”
El fiscal superior Jorge Chávez Cotrina, coordinador de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, afirmó que la política de despenalización impulsada por el Gobierno impide a la Fiscalía solicitar prisión preventiva en delitos cuya pena no excede los ocho años. Según Chávez Cotrina, esta política ha aumentado los requisitos para que el Ministerio Público pueda aplicar esta medida, limitando sus opciones en casos de criminalidad.
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“El año pasado se emitieron normas que elevaron el umbral de prisión preventiva a cinco años. También, si la Policía Nacional y la Fiscalía detienen a una persona de entre 18 y 25 años, sin antecedentes penales y con una prognosis de pena menor a ocho años, la pena es suspendida y no se permite prisión preventiva”, explicó Chávez Cotrina.
Política de Despenalización en el Centro del Debate
El fiscal señaló que el ministro de Justicia reconoció la existencia de una política de despenalización, que busca reducir el uso de prisión preventiva en ciertos casos. “El ministro de Justicia ha admitido que estas normas existen como parte de una política de despenalización. Nos critican por hacer esto público, pero es esencial que la ciudadanía comprenda que si los fiscales liberan a ciertos detenidos, es porque las normas vigentes lo estipulan”, enfatizó.
Chávez Cotrina también criticó la contradicción entre las políticas del Ejecutivo y el Legislativo: “Mientras el Ejecutivo promueve la despenalización, el Congreso busca implementar leyes que aumentarían las penas, como un proyecto para encarcelar a jóvenes de entre 18 y 20 años”.
Retroceso del Congreso en la Ley 32108 tras Marchas Ciudadanas
En otro momento, Chávez Cotrina destacó que, gracias a la presión ciudadana, el Congreso retrocedió en aspectos de la Ley 32108 sobre crimen organizado. La modificación permite ahora que los allanamientos se realicen sin la presencia obligatoria del investigado y con la asistencia de un abogado defensor durante el registro.
“El Congreso retrocedió, de forma parcial, en la aplicación de la Ley 32108, gracias a las marchas ciudadanas. Ahora, los allanamientos pueden realizarse con o sin la presencia del investigado, aunque siempre se contará con el abogado defensor en la etapa de registro”, puntualizó.
Chávez Cotrina subrayó que este cambio facilita la labor de la Fiscalía y la Policía en operativos de allanamiento, un proceso que, en sus palabras, “no requiere la presencia del abogado durante el ingreso, sino solo en la etapa de registro, asegurando el debido proceso”.