Las personas que ejercen altos cargos públicos, por lo general, aunque no siempre, dependiendo ello de la educación que hayan recibido y lo que hayan asimilado de ella, se ven involucradas, comprometidas o por lo menos afectadas por las acciones que realice su parentela.
No nos referimos a un solo tipo de parientes, sino a todos, incluyendo a los consanguíneos, por afinidad, por adopción, por matrimonio y cualquier otro. Hagan lo que hagan afecta al pariente en ejercicio de alto cargo público.
Por eso es conveniente que quien va a ejercer cargo público o en ejercicio de él, deslinde claramente con la parentela, en el sentido de que no deben tomar su nombre para nada ni tampoco pedirle servicios ni menos trabajo.
Se puede tener mucho afecto mutuo con la parentela, también cercanía familiar, pero se tiene que tomar distancia de sus acciones que puedan afectar a quien ostenta cargo público.
Hay infinidad de casos que nos dan la lección y motivación por la que se debe tomar distancia y desligarse de la parentela al ejercer función pública, pues irresponsablemente hay parientes que si le ponen una papeleta de tránsito, soberbiamente y también ilegítimamente le dicen al policía de tránsito: “no sabes con quien te metes, haré anular la papeleta”, como si el pariente gubernamental fuese omnímodo y esté dispuesto a delinquir
Otros más avezados creen que su pariente en cargo público de importancia conduce agencia de empleo y, a cuanto amigo desocupado conoce, le promete hacer gestiones con su pariente en el gobierno para conseguirle “chamba”. Si el pariente es débil, ello nos afectará a todos, pues las retribuciones públicas se pagan con nuestros impuestos.
Si por otro lado el audaz pariente tiene un trámite pendiente de resolución en algún ministerio, gobernación, entidad pública autónoma o municipio, muy probablemente implorará al familiar autoridad, para que de “una llamadita o una manito” y así apresurar la solución de su expediente. Si el pariente en el gobierno accede erróneamente al pedido se está poniendo la soga al cuello pues ello además constituye delito de “tráfico de influencias”.
Los funcionarios en ejercicio de altísimos cargos públicos deben actuar como si fuesen huérfanos, solteros, sin hijos, tampoco hermanos ni primos. La familia en el hogar, el amiguismo en reuniones sociales, pero en el ejercicio de los cargos, sin otro norte que el ejercicio regular e imparcial del cargo.
Se conoce de muchísimos funcionarios y exfuncionarios públicos, que por ser débiles de carácter han cedido a pretensiones de parientes o amigos, pero las consecuencias de tal debilidad pueden ser carísimas, como hasta terminar sus huesos en nuestros establecimientos penales, que ya de solo imaginarlo debería ser un incentivo para no caer en absurdas peticiones de terceros.
Alguien pensó también que debería completarse el final de la oración del “Padre Nuestro”, consignando “… y líbranos Señor de todo mal y de mi parentela, amén”.