ONP: diferencia y montos de pensión provisional y pensión proporcional

Se basa en función de los años que hayan aportado

Se basa en función de los años que hayan aportado

Millones de peruanos se encuentran afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) luego de varios años de trabajo y aportes. Así, a los 65 años se puede empezar a cobrar la pensión. En este momento, los jubilados posiblemente escuchen que van a recibir una pensión provisional o proporcional, lo que depende de varios factores.

Estos conceptos pueden generar dudas entre los extrabajadores, por lo que es importante identificar qué significa exactamente cada categoría que señala la entidad del Sistema Nacional de Pensiones (SNP). A continuación, te contamos las diferencias y cuáles son los montos que ofrecen estas dos modalidades a los beneficiarios.

Pensión proporcional

La pensión proporcional está destinada a jubilados que no alcanzaron los 20 años de aportes, pero que, aun así, tienen derecho a recibir una mensualidad de la Oficina de Normalización Previsional. Este beneficio se otorga en función del tiempo de contribución, siempre y cuando se haya aportado al menos 10 años para acceder a esta modalidad de pensión. Además, cumple con el descuento del 4% por EsSalud.

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El Decreto Supremo N° 282-2021 establece que es posible acceder a la pensión proporcional al cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

Tener al menos 65 años y contar con un mínimo de 10 años de aportes, sin alcanzar los 15 años. Si cumples con estas condiciones, recibirás un monto fijo mensual de S/250, que se pagará en 12 ocasiones a lo largo del año.

Tener al menos 65 años y contar con un mínimo de 15 años de aportes, sin alcanzar los 20 años. Si cumples con estas condiciones, recibirás una pensión mensual fija de S/350, la cual se otorgará en 12 pagos anuales.

Pensión provisional

Por otro lado, la ONP ha implementado la pensión provisional, diseñada para que los asegurados reciban un pago mensual en un plazo de 30 días desde la presentación de su solicitud. Este mecanismo permite a los beneficiarios contar con un ingreso temporal mientras se tramita su pensión definitiva.

Además, el beneficio se extiende a las pensiones de jubilación, así como a las de conyugal, discapacidad para el trabajo, viudez, orfandad y ascendencia que estén en proceso. Esto aplica en situaciones en las que no se haya concedido la pensión definitiva dentro de un plazo de 30 días hábiles.

La pensión provisional se concede automáticamente a los 30 días de haber sido solicitada, por lo que no se requiere realizar ningún trámite adicional. Este beneficio aplica para todos los tipos de pensiones que el afiliado a la Oficina de Normalización Previsional esté gestionando.


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