El Poder Judicial dejó sin efecto el mandato de 36 meses de prisión preventiva que había sido impuesto a Nicanor Boluarte y a otros investigados relacionados con el caso ‘Los waykis en la sombra’.
La Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada resolvió declarar fundadas las apelaciones presentadas por las defensas legales de los implicados.
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Resolución judicial y nueva medida impuesta
La sala determinó revocar las resoluciones emitidas en noviembre de 2024 por el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Richard Concepción Carhuancho, quien había ordenado las prisiones preventivas. En su lugar, se dispuso el mandato de comparecencia simple para Nicanor Boluarte, Jorge Ortiz Marreros, Zenovia Herrera Vásquez, Jorge Chingay Salazar y Noriel Chingay Salazar, anulando los oficios que ordenaban sus capturas.
La decisión fue adoptada por mayoría de los magistrados, mientras que la jueza superior María Felices Mendoza discrepó, proponiendo que las resoluciones se anulen completamente y que un nuevo juez evalúe el caso.
Acusaciones y contexto del caso
El caso ‘Los waykis en la sombra’ involucra a una presunta organización criminal que, según la tesis fiscal, habría ubicado a personas afines en posiciones clave dentro de entidades estatales como Prefecturas y Subprefecturas. Estas acciones buscaban recabar fichas de afiliación y aportes económicos destinados a inscribir al partido Ciudadanos por el Perú ante el Jurado Nacional de Elecciones.
Actualmente, los investigados, incluidos Boluarte, Jorge Chingay Salazar y Zenovia Herrera Vásquez, estaban en calidad de «no habidos» luego de que se ordenara la prisión preventiva en su contra.