ONPE: vence plazo para que partidos informen sobre financiamiento público

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recordó que hoy, miércoles 15 de enero, es la fecha límite para que diez partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo

por | Ene 15, 2025 | Política

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recordó que hoy, miércoles 15 de enero, es la fecha límite para que diez partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha recordado a los partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo que hoy, 15 de enero de 2025, es la fecha límite para la rendición de cuentas correspondiente al segundo semestre del ejercicio 2024. Esta obligación forma parte del marco legal establecido por la Ley de Organizaciones Políticas, que regula cómo los partidos deben rendir cuentas sobre los fondos públicos que reciben.

Según el artículo 29 de dicha ley, los partidos que obtienen representación en el Congreso de la República tienen derecho a recibir financiamiento público directo, el cual se calcula multiplicando el número total de votos emitidos para la elección de congresistas por el 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Esta medida busca asegurar la transparencia en el uso de los recursos públicos y garantizar que los partidos políticos cumplan con sus responsabilidades ante la ciudadanía.

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El cumplimiento de esta normativa es supervisado por la ONPE, que tiene la responsabilidad de garantizar que los partidos políticos hagan un uso adecuado de los fondos asignados y que se reporten adecuadamente los ingresos y gastos realizados en el marco de su actividad política.

A presentar

Los partidos que deben presentar esta rendición son: Acción Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País, Fuerza Popular, Juntos por el Perú, Somos Perú, Partido Morado, Perú Libre, Podemos Perú y Renovación Popular.
Según la citada norma, hasta el 50 % del financiamiento público directo recibido debe emplearse en gastos de funcionamiento ordinario, así como en la adquisición de inmuebles, mobiliario y otros bienes necesarios para atender actividades consustanciales al objeto de la organización política, así como para la contratación de personal y servicios diversos.
Asimismo, no menos del 50 % del financiamiento podrá usarse en actividades de formación, capacitación, investigación y difusión de estas, bajo criterios de igualdad, paridad y no discriminación entre hombres y mujeres.
Estas actividades pueden estar orientadas a los procesos electorales convocados e involucrar realización de encuestas, desarrollo de sistemas informáticos o herramientas digitales y procesamiento masivo de datos.
Por último es importante recordar que la rendición de cuentas del financiamiento público directo y privado puede visualizarse en el portal de Claridad.


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