Cédula Renovable valida aumento equivalente en pensiones a FF.AA. y PNP

Incremento en sueldos debe ser equivalente al otorgado a retirados

por | Ene 30, 2025 | Economía, Política, Titulares

Incremento en sueldos debe ser equivalente al otorgado a retirados

Mediante carta dirigida al ministro de Economía, José Arista, el coronel EP en retiro Sandor Tamayo Ampuero señala que el aumento en la remuneración con solidada para militares y policías, dispuesta mediante decreto supremo la semana pasada, debe ser el mismo que para los retirados de las FF.AA. y PNP.

Ello debido a la Cédula Renovable de la que son beneficiarios. Por tanto, constituye una discriminación inaceptable y una clamorosa irregularidad que en el caso del personal en retiro se haya establecido la figura de reajuste, más de incremento.

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“Debo expresarle mi preocupación e incertidumbre por el contenido del Art 3.4 del DS 004-2025-.del 19/01/25; situación que es compartida por una gran cantidad de pensionistas, debido al hecho de que no se tiene claro lo indicado en citado artículo: El reajuste no forma parte de la pensión consolidada, ni constituye aumento de la pensión”, indica.

Precisa que tal y como está redactado y publicado el texto del numeral 3.4 del Art 3, se observa que infringe lo establecido en el Decreto Ley 19846, que nos otorga cedula de pensión renovable, de acuerdo los artículos siguientes:

Art 5.- Se otorga el derecho a cedula renovable.

Art 10.- Se determina los casos por tiempo de servicio, se tiene derecho a pensión.

Art 39.- Establece que la variación de la pensión en los casos autorizados por Ley, se efectuará mediante Renovación de Cédula

Art 41.-Contempla que el pensionista tiene derecho a renovar su cédula de acuerdo con las modificaciones de la escala de remuneraciones del personal en Situación de Actividad

Además, en la Quinta Disposición Transitoria del citado DL 19846, dispone que: “Las pensiones de montepío, excepto las indicadas en la Cuarta Disposición Transitoria, vigentes a la promulgación del presente Decreto-Ley, quedan sujetas a las disposiciones en que se sustentan. Podrán renovarse por mandato expreso de la Ley del Presupuesto del Sector Público Nacional, de acuerdo con las disponibilidades fiscales del Estado”

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