El coordinador general de las Asociaciones Unidas de las FFAA y PNP, coronel FAP en retiro Fredy Arias Portugal, advirtió que la redacción de los decretos supremos que establecieron el aumento de remuneraciones y pensiones de militares y policías puede ser peligrosa para los intereses de los uniformados.
Precisa que el numeral 3.4 del Decreto Supremo 004, establece que el reajuste de pensiones no forma parte de la remuneración consolidada, ni constituye un aumento de la pensión.
“Situación que va en contra de lo establecido en el Decreto Ley 19846, Decreto Legislativo 1132, Decreto Legislativo 1133 y Ley 30683, para el personal que recibe Pensión Renovable, toda vez que la remuneración pensionable que percibe el personal en retiro, viudas, deudos y personal con discapacidad, es la Remuneración Consolidada”, señaló.
Precisó que esta disposición origina que el Estado deje de aportar el 6% del reajuste para salud, el 2% para vivienda y que, al fallecer el titular, sus deudos dejen de percibir este reajuste en el cálculo del sueldo de luto, cuyo monto equivale a dos Remuneraciones Consolidadas del grado pensionario.
“Al no constituir un aumento de la pensión, se corre el riesgo de que no sea permanente y que algún gobierno deje de pagarlo, así como que al fallecer el titular su cónyuge no perciba este reajuste”, anotó.
Indicó que si el reajuste no constituye un aumento de la pensión, se puede considerar que el reajuste es “No Pensionable”, de ser así y teniendo en cuenta que la Caja de Pensiones Militar Policial solo paga pensiones, se pregunta: ¿Cómo ha pagado este reajuste?
“Cuando se refiere a reajuste, se entiende que el reajuste se hace a algo que existe. En el presente caso, el personal que tiene Pensión Renovable, solo se le puede reajustar el concepto Remuneración Consolidada y no crearle otro concepto remunerativo. Cosa diferente se presenta con el personal que tiene Pensión No Renovable, que se le puede reajustar la pensión que percibe, creándole un nuevo concepto remunerativo”, comentó.