La Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) anunció que suspenderá la vigencia del pasaporte electrónico ordinario a aquellos ciudadanos que se encuentren con mandato judicial de impedimento de salida del país, detención preliminar o detención preventiva.
Esta medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo 024-2019-IN, publicado ayer en el Boletín de Normas Legales. El dispositivo incorpora el artículo 36-A en el Decreto Legislativo No 1350, Reglamento de la Ley de Migraciones.
El decreto supremo señala que este procedimiento coadyuvará al cumplimiento eficaz de la restricción de tránsito de dichas personas procesadas por la justicia.
Cabe señalar que la suspensión del pasaporte electrónico será temporal, por el término del plazo impuesto en el mandato judicial de impedimento de salida del país, detención preliminar o preventiva.
El levantamiento de la medida se efectuará a pedido de parte o de oficio, el cual debe ser sustentado en el mandato judicial que ordena el cambio de la medida coercitiva.
Se señala además que Migraciones cursará comunicación al Ministerio de Relaciones Exteriores una vez que aplique la suspensión de la vigencia del pasaporte, a fin que informe a las representaciones consulares de otros Estados dentro del territorio nacional sobre dicha medida para que evalúe y determine la acciones sobre el control migratorio.
De no existir representación consular de un Estado en el territorio peruano, dicha comunicación se canalizará a través de las embajadas y consulados del Perú en el exterior.