Por: Javier Valle Riestra / Sepamos por lo que vamos a votar en enero: El Parlamento no es primun inter pares (Locke). Ha sido parcelado. Hablemos de esa decadencia, tenemos: i) factores políticos; y, ii) factores jurídicos. Comencemos con los factores políticos.
- 1. Espíritu intervencionista del Estado de Bienestar. En virtud de medidas administrativas. Sumisión de la mayoría al Ejecutivo. El papel de freno y contrapeso queda solamente en manos de las minorías. 3. Multiplicación de los medios de comunicación social y el crecimiento de su influencia en la opinión pública. Existen tribunas alternativas que compiten con el Parlamento. 4. La crisis del Estado de Bienestar arrastra a todos los poderes; lógicamente, al Parlamento. 5. La defensa de intereses sectoriales por vías extraparlamentarias. Un neocorporativismo. 6. Distanciamiento de la relación entre electores y elegidos por listas cerradas y bloqueadas.
El elector desconoce hasta el nombre de las personas que elige. Sigamos con los factores jurídicos:
- Ya no es el Parlamento = derecho = ley. Existen Decretos presidenciales de urgencia, facultades delegadas; el Presidente puede celebrar o ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de aprobación previa por el Congreso. Salvo derechos humanos, soberanía, defensa, obligaciones parlamentarias. Tenemos también el dominio de la ley y del reglamento con sus propias áreas.
- La existencia de entes supranacionales a los que se les delega competencias (agrícolas, transporte etc.) impenetrables por las asambleas domésticas.
- Quiebre de la soberanía de la ley producida por el derecho comunitario. d. Tribunales Constitucionales. Pasan de derogadores de normas a promulgadores de las mismas. e. Defensor del Pueblo u Ombudsman, que controla a la administración de manera sumarísima.
- Regiones autónomas, comunidades autónomas, estados federales. Como lo recuerda Delgado Güembes, desde 1980 hasta el cinco de abril de 1992, se dieron 15,148 normas correspondiendo el 85.5% al Ejecutivo (decretos supremos y decretos legislativos) y sumada la proporción de leyes sancionadas que nacen de una iniciativa del gobierno (45%) se concluye que el 90% de la producción normativa es atribuible al Ejecutivo y solo el 10% al Parlamento. Veamos un cuadro:
Periodo | Decretos
Supremos |
Decretos
Legislativos |
Leyes
Ejecutivo/Diputados/ Senado |
TOTAL | ||
1980/85 | 667 | 348 | 437 | 168 | 119 | 1,739 |
1985/90 | 1,033 | 263 | 204 | 296 | 165 | 1,961 |
1990/91 | 562 | 156 | 13 | 39 | 15 | 785 |
TOTAL | 2,262 | 768 | 654 | 503 | 299 | 4,486 |
No obstante que fui parlamentario, reconozco la hegemonía legislativa del Poder Ejecutivo. Hoy con mayor razón.