Según Indecopi, solo contiene elementos no lácteos
El Vigésimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo de Lima emitió una sentencia de primera instancia en coincidencia con la decisión del Indecopi, que sancionó a Gloria S.A. por ofrecer leche evaporada sin serlo.
Se trata del producto Bonlé Leche Evaporada Deslactosada, que consignaba en su empaque la denominación “leche evaporada parcialmente descremada deslactosada esterilizada con maltodextrina y grasa vegetal”, que no reflejaba su composición, según el Indecopi, pues contenía elementos no lácteos.
Además, Gloria comercializó este producto dando entender que era una leche evaporada, cuando no era así, incumpliendo el Codex Alimentarius, añadió la institución. Por ello, en 2017, la Comisión de Protección al Consumidor N°2 (CC2) sancionó, en primera instancia administrativa, a Gloria S.A.
El 30 de diciembre de 2019, el Vigésimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo de Lima declaró infundada la demanda interpuesta por Gloria S.A. y, de esta manera, el Juzgado mencionado ratificó lo resuelto por el Indecopi en primera instancia judicial.
También , se sancionó a Nestlé S.A. por los productos “Ideal Amanecer”, “Reina del Campo” y “Ideal Light”; y a Laive S.A. por los productos “Evaporada Vitaminizada” (Tetrapak), “Evaporada Vitaminizada” (Bolsitarro) y “Laive 0% Lactosa” “Laive Light”.
«No se ajustan a la ley y vulneran el estado de derecho, por lo que interpondrá las demandas contencioso administrativas contra dichas resoluciones, dentro del plazo establecido por la ley, ante el Poder Judicial, instancia donde confiamos obtener su revocatoria», señaló Gloria.
Como se recuerda, en 2018, el Tribunal del Indecopi emitió otras siete resoluciones por casos similares sancionando a Gloria por los productos “Pura Vida Nutrimax, “Bonlé Leche Evaporada Familiar” y “Bonlé Leche Evaporada” (Bolsitarro), “Bonlé Leche Evaporada Light (Tetrapack)” y “Pura Vida Nutrimax” (Bolsitarro).