A partir de abril del 2018
El Gobierno oficializó ayer el incremento de 850 a 930 soles de la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que entrará en vigencia a partir del 1 de abril del 2018.
Mediante Decreto Supremo 004-2018-TR, publicado ayer en el Diario Oficial El Peruano, también se establece que dicho aumento del sueldo mínimo se aplica desde el 1 de mayo del 2018 a las microempresas inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype).
El salario mínimo vital actualmente es de 850 soles, monto fijado en mayo del 2016, durante el gobierno de Ollanta Humala.
En los considerandos de la norma se indica que la Constitución Política del Perú establece que corresponde al Estado la regulación de la remuneración mínima, con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores.
Agrega que el reajuste de la remuneración mínima que se dispone toma en cuenta criterios técnicos para el análisis de los índices de la inflación subyacente y productividad, a fin de que el incremento refleje el desempeño económico de nuestro país y contribuya con la mejora sostenida del poder adquisitivo de los trabajadores.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante resolución ministerial, dictará las normas que sean necesarias para la mejor aplicación del presente decreto supremo.