Trabajadores del sector privado percibirán beneficio
Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el lunes 29 de junio, Día de San Pedro y San Pablo, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple remuneración: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera por haber laborado en día feriado, informó hoy la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
El gerente legal de la CCL, Víctor Zavala, indicó que hay 10 casos concretos que pueden presentarse en las empresas con relación al pago de remuneraciones, considerando lo establecido en el Decreto Legislativo 713 y las normas laborales excepcionales que rigen durante el periodo de emergencia nacional.
El lunes 29 de junio es feriado nacional para los trabajadores públicos y privados. Este feriado es debidamente remunerado, sin la obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores.
Si se trabaja el lunes 29 de junio. Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el lunes 29 de junio, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por el feriado triple remuneración diaria: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.
El personal que viene prestando trabajo remoto -desde su domicilio- y no labora el lunes 29 de junio, tiene derecho a percibir su remuneración sin trabajar. De acordar con su empleador que va a trabajar dicho feriado, sin descanso sustitutorio, tendrá derecho al pago triple de su remuneración diaria.