Por: William Contreras / Cayo Villa Stein, y la captura del CAL

por | Sep 25, 2020 | Sin categoría

Por: William Contreras /Ante la necesidad de acreditar la representación que tiene el CAL ante el JNE, al haber fenecido el cargo del Dr. Raúl Chanamé, se hace necesario elegir su reemplazo. sin embargo, este gremio atraviesa por una grave crisis como consecuencia de la medida cautelar recaída en una Acción de Amparo relacionado con las elecciones gremiales de noviembre del 2019.

El ex Comité electoral del CAL vulnerando elementales normas reglamentarias, estatutarias y legales convocó a elecciones para elegir a sus autoridades para el 10 de setiembre reciente, el cual “se llevó a cabo” sin las más elementales garantías de limpieza y formalidad, con ausencia de veedores, personeros, notarios y otros garantes de la idoneidad del mismo que permita evidenciar su legalidad, ungiendo como ganador al sr. Javier Villa Stein, pero cuya legitimidad y autenticidad estuvo en tela de juicio por una serie de vicios insalvables.

Felizmente el Tercer Juzgado Constitucional de Lima, declaro nulo dicha elección, de tal manera que el autodenominado decano del CAL Javier Villa se derrumbó por su propio peso; quedando atrás la posibilidad de capturar el CAL para fines netamente políticos sin importarle el rol que debe jugar la Orden en favor de sus agremiados. este personaje se prestó de la forma más vulgar para elegirse como tal, rompiendo todas las reglas del debido proceso y sobre todo faltando la fe pública.

Por otro lado, apremia la acreditación del representante ante el JNE; por cuya razón el defenestrado Comité electoral del CAL, lesionando principios básicos convocó a elecciones para el 19 y luego para este sábado 26 de setiembre, lo cual tampoco tendría lugar; advirtiendo que los postulantes deben contar con la solvencia moral y democrática que requiere dicha instancia electoral; teniéndose en cuenta que a tales aspirantes les ha importado un bledo conocer la credibilidad no solo del Comité sino también de la empresa contratada para llevar a cabo la votación virtual, al ignorarse la fuente de su financiamiento, si se tiene en cuenta que el fenecido Comité carecía de los recursos económicos.

Por ello, los abogados demandan resolver tal trance gremial a fi n de elegir a su representante ante el JNE y sus autoridades correspondientes; pues la Asamblea General del CAL del 16 de setiembre aprobó la remoción del mutilado Comité, procediendo a elegir un nuevo colegiado que permita recuperar la credibilidad y transparencia de los procesos electorales pendientes, el cual se contrasta con la resolución recaída en una reciente medida cautelar, por el que se repone al primer Comité electoral, situación que se tiene que aclarar cuanto antes.

De tal manera que, el golpe al estado de derecho que pretendió dar Villa Stein en el Colegio de Abogados de Lima actuando al margen de la ley y confabulado con un impresentable Comité, se abatió como tenía que ser; y ahora el estamento electoral que corresponda por la salud del gremio y el país tiene el imperativo deber de llevar un proceso digno, auténticamente probo y democrático.

(*) Abogado penalista

(*) La Dirección no se hace responsable por los artículos firmados.


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