Gracias a modificaciones en el Código Penal, se incorporaron tipos penales de esta índole
El gobierno realizó cambios en el codigo penal, el cual permitirá incluir tipos penales que sancionen nuevos delitos de acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes o material audiovisual con contenido sexual.
El único fin es de garantizar la lucha eficaz contra las distintas modalidades de violencia que afectan, principalmente, a las mujeres, precisa el dispositivo legal publicado hoy miércoles en el diario oficial El Peruano, que es el decreto legislativo N°1410, según indica Andina.
En ese sentido en el caso del delito de acoso sexual, quien vigile, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona, sin el consentimiento de ésta, para efectuar actos de connotación sexual será reprimido con pena de prisión de 3 a 5 años, e inhabilitación, según corresponda.
Mientras que el delito de acoso, se establece a la forma reiterada, continua o habitual; y por cualquier medio, a quien vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona sin su consentimiento, de modo que pueda alterar el normal desarrollo de su vida cotidiana. Quien cometa lo cometa será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años, e inhabilitación, según corresponda.