La Asociación Automotriz del Perú alertó sobre la confusión en el uso de estos vehículos y recordó que no todos son considerados de movilidad personal.
La Asociación Automotriz del Perú (AAP) advirtió que las motos y trimotos eléctricas que circulan en el país deben cumplir con las mismas obligaciones que cualquier vehículo automotor, incluyendo placa de rodaje, SOAT y licencia de conducir.
Según el gremio, existe una creciente confusión entre los usuarios, ya que muchos consideran erróneamente que estos vehículos forman parte de los denominados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), lo cual no siempre es correcto.
La AAP explicó que un VMP —como scooters o monopatines eléctricos— es aquel que no supera los 25 km/h y está diseñado para transportar a una sola persona. Estos, en ciertos casos, no requieren placa, SOAT ni licencia. Sin embargo, cuando el vehículo supera esa velocidad o permite más de un ocupante, pasa a ser considerado un vehículo automotor.
En ese sentido, las motos eléctricas (categoría L1) y las trimotos eléctricas (categoría L2) están obligadas a contar con tarjeta de identificación vehicular, placa de rodaje, seguro obligatorio y conductor con brevete vigente para poder circular legalmente.
Respecto a los scooters eléctricos, el gremio fue enfático en señalar que no pueden circular por las veredas, ya que estos espacios están destinados exclusivamente a los peatones. En caso de no haber ciclovía, deben desplazarse por vías donde la velocidad vehicular no supere los 40 km/h.
“La tecnología no elimina las obligaciones de seguridad. Que un vehículo sea eléctrico no significa que deje de ser automotor”, indicó el representante de la AAP, al insistir en la necesidad de respetar las normas de tránsito para evitar accidentes.
Finalmente, el gremio remarcó que ordenar el uso de estos vehículos es clave para garantizar una movilidad segura y responsable en las ciudades, especialmente ante el crecimiento del uso de alternativas eléctricas en el país.




