Por: Ántero Flores-Aráoz / Pobreza digital

por | Ago 28, 2023 | Opinión

Días atrás se ha expedido y publicado el Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, mediante el cual se aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al año 2030.

En la Política aludida se incide en la necesidad del acceso inclusivo a la digitalización a fin de garantizar que todas las personas y comunidades, “incluso las más desfavorecidas, tengan acceso a las tecnologías de la información y la comunicación y las utilicen”, lo que incluye el servicio de internet de banda ancha, acceso para la alfabetización digital y otras bondades, todo ello en miras al desarrollo nacional.

Se reconoce lo que denomina “pobreza digital” que no es otra cosa que la insuficiente utilización de la tecnología digital, por lo que se requiere la preparación de la población para ello, siendo “clave… poner especial atención en la educación” pues sin ella se dificulta la inclusión social y el diálogo intercultural.

Lo que no se entiende es el motivo por el cual hasta ahora no se expiden los dispositivos legales para la inclusión de los vocablos digitales en quechua y aimara, lo que en buen romance significa que los parlantes unilingües en solo esos idiomas, seguirán condenados a la postergación y sin acceso al desarrollo, convirtiéndose en un cuento la tan manoseada igualdad de oportunidades.

Son destacables los esfuerzos del Estado de poner en vitrina, la necesidad impostergable de la transformación digital, pero se requiere que no quede en enunciados sino que se vaya a hechos concretos, para lo cual, en lo que se refiere a la educación, hay que comenzar por la incorporación de los vocablos digitales al léxico de las lenguas nativas, siendo las dos más importantes el quechua y el aimara como ya en diversas oportunidades hemos señalado.

El Estado peruano tiene aprobado el “Sistema Nacional de Transformación Digital” por el Decreto de Urgencia N° 006-2020, asimismo por el Decreto Legislativo N° 1310 reguló la utilización de medios digitales, lo que fue complementado por el Decreto Legislativo N° 1412 que es la “Ley del Gobierno Digital”.

Por añadidura, todo lo señalado concuerda con la “Política General de Gobierno Digital” dispuesta por el D.S. N° 042-2023-PCM y no podía ser de otra forma pues por el D.S. N° 118-2018-PCM, se declaró de interés nacional el desarrollo del gobierno digital.

Esperemos que las normas legales a que nos hemos referido, no queden en solo enunciados, necesitamos que desde el Estado se ponga pie en el acelerador y cuanto antes se comience a andar, sobre todo en el Sector Educación que es donde hay retos sumamente ambiciosos, que no deben limitarse a expresiones grandilocuentes sino a acciones concretas.

Donde más pobreza existe indiscutiblemente es en el Ande, tanto en la zona quechua como en la aimara y si las comunidades de las zonas altoandinas han expresado reiteradamente su malestar, no se comprende el motivo por el cual no se comienza de una vez por el principio, que es, como repetimos, la inclusión de los vocablos digitales en esos idiomas.


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