La vulneración de esta restricción se sancionará con una pena de cárcel por un tiempo no mayor de seis meses, una multa no menor de S/2.790 y una pena accesoria de inhabilitación
Desde las 08:00 a.m. de este domingo 10 de abril, hasta las 08:00 a.m. del lunes 12 de abril regirá la disposición que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en el Perú, conocida como la Ley Seca.
Esto en el marco de la realización de las Elecciones Generales 2021 que se celebrarán este domingo 11 de abril.
Esta medida es parte de un conjunto de acciones dispuestas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para evitar incidentes el día de los comicios en el que los peruanos elegirán al próximo presidente de la República, así como a los vicepresidentes, miembros del próximo Congreso y Parlamento Andino.
MULTAS Y SANCIONES
El JNE advirtió que la vulneración de esta restricción se sancionará con cárcel por un tiempo no mayor de seis meses, una multa no menor de S/2.790 y una pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
La Ley Seca forma parte de las restricciones electorales que comenzaron a regir, desde el lunes 5 de abril, como la que prohíbe la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
El incumplimiento de esta última disposición será sancionado con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre S/44.000 y S/440.000.
Entre otras medidas, figura que el mismo 11 de abril, día central de las Elecciones 2021, no estarán permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio, desde las 7:00 a.m. hasta las 7:00 p.m.
Cabe señalar que, los fiscalizadores del JNE realizarán operativos en diversas regiones del país con el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.