Acusado de infringir los artículos 38, 45 y 125 de la Constitución
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso aprobó por mayoría la denuncia constitucional contra el ex presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez, que recomienda su inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la función pública.
La denuncia se basa en expresiones vertidas por Torres Vásquez en Consejos de Ministros Descentralizados y declaraciones en medios de comunicación que incitarían a la población a movilizarse, infringiendo supuestamente los artículos 38, 45 y 125 de la Constitución Política del Perú.
“Afectan los preceptos constitucionales, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo que está obligado a respetar, con el consecuente daño causado”, comentó la congresista Martha Moyano.
El artículo 38 establece que «los derechos fundamentales de la persona son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables, intransmisibles y irremplazables». Por su parte, el artículo 45 señala que el poder emana del pueblo y nadie puede arrogarse el ejercicio de ese poder. El artículo 125 establece las funciones del presidente del Consejo de Ministros, las cuales se habrían desvirtuado en los Consejos de Ministros Descentralizados, según la denuncia.
“No hay actas ni acuerdos de las sesiones descentralizadas, se hacían como actos de proselitismos en diferentes partes del país ante la población”, dijo.
Algunos congresistas expresaron su desacuerdo, argumentando que las expresiones del ex primer ministro no están tipificadas y forman parte de su derecho de expresión, considerando que podría tratarse de una persecución política.
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