Norma dispone que hospedajes y arrendadores deben exigir documentos de viaje o identidad a extranjeros
A partir de ahora, todos los establecimientos de hospedaje y arrendadores en Perú tendrán la obligación de solicitar documentos de identidad o de viaje a extranjeros y enviar esta información a la Superintendencia Nacional de Migraciones. Esta medida, establecida en el Decreto Supremo N°011-2024-IN, busca reforzar la seguridad pública y migratoria, además de fomentar una migración ordenada, segura y regular.
La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, detalla que los propietarios de hoteles, hostales y arrendadores deberán requerir documentos que acrediten la situación migratoria regular de los extranjeros.
Esta información será fundamental para asegurar que las personas que acceden a estos servicios están debidamente registradas, lo que permitirá un mejor control y seguimiento por parte de las autoridades migratorias.
Uno de los objetivos principales de esta disposición es fortalecer la seguridad de los establecimientos al proporcionar garantías sobre la identidad de sus huéspedes o inquilinos.
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De esta manera, se busca mitigar el riesgo de que estos locales sean utilizados para actividades ilícitas, contribuyendo a un entorno más seguro tanto para los propietarios como para la comunidad en general.
Además, la medida asegura que todos los visitantes, independientemente de su nacionalidad, cumplan con las normas que ya son exigibles para los ciudadanos peruanos.
Actualmente, cualquier peruano que desee hospedarse en un hotel o arrendar un inmueble debe identificarse con su documento de identidad; ahora, esta práctica se extenderá también a los extranjeros.
Para facilitar el cumplimiento de esta nueva obligación, Migraciones ha desarrollado una plataforma en línea que permitirá a los establecimientos registrar la información de los extranjeros que soliciten sus servicios de manera sencilla y eficiente. Esta herramienta, que estará disponible de forma gratuita, busca optimizar el proceso y garantizar que todos los datos se manejen correctamente. Los operadores tendrán un plazo de 30 días hábiles desde la publicación del decreto para capacitarse en el uso adecuado de la plataforma.
Es importante señalar que los hospedajes que no cumplan con esta obligación estarán sujetos a sanciones, con multas que pueden alcanzar hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Las infracciones incluyen no solicitar la documentación, no registrar la información adecuadamente o no transmitirla a la plataforma de Migraciones.
El decreto supremo también promueve que los extranjeros mantengan una condición migratoria regular, lo que contribuye a crear un entorno más organizado y seguro para los migrantes. Esto es crucial para reducir los riesgos asociados a la migración irregular, como la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.
Hasta la fecha, Migraciones ha ordenado la expulsión de cerca de 2 mil personas extranjeras de diversas nacionalidades en el transcurso del año, siendo la Policía Nacional del Perú la encargada de ejecutar estas medidas. Con la implementación de este nuevo decreto, se espera que la situación migratoria en el país se maneje de manera más eficaz y responsable.