Conoce detalle completo paso a paso
La victoria jurídica en el TC (Exp. 0019-2017-PC/TC) ha dado paso a la fase de ejecución. Para los miles de valientes que sirvieron entre 2002 y 2015, el reintegro del 2% ya no es una promesa, sino un proceso contable en marcha. Sin embargo, el dinero no llega de la noche a la mañana; debe seguir una ruta obligatoria de cuatro pasos diseñada para garantizar que el abono sea exacto y legal.
A continuación, detallamos el manual de ejecución que seguirá la DIVPEN y el Ministerio de Economía (MEF) para depositar los devengados e intereses en tu cuenta.
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Paso 1: Consolidación del Padrón de Beneficiarios
Antes de girar un solo sol, la Dirección de Pensiones de la PNP debe cerrar la lista oficial.
Qué se hace: Se revisan los legajos para confirmar quiénes estuvieron en actividad o retiro con derecho a pensión durante los años de la deuda.
Ojo al dato: Si eres heredero (viuda o huérfano), este es el momento de verificar que tu Sucesión Intestada esté registrada en el sistema para que el nombre del titular fallecido sea reemplazado por el tuyo en el padrón de pago.
Paso 2: La Liquidación Individualizada (Capital + Intereses)
Este es el paso técnico más importante. La Unidad de Economía realiza el cálculo matemático de tu deuda.
Cálculo de Capital: Se suma el 2% que se dejó de pagar mes a mes durante 13 años.
Cálculo de Intereses: Se aplica la tasa de interés legal del BCR.
Paso 3: Habilitación de la Partida Presupuestal
Con el monto total definido, el Ministerio del Interior solicita al MEF la transferencia de fondos.
El mecanismo: Se activa un Crédito Suplementario por «Sentencias Judiciales en Calidad de Cosa Juzgada».
Paso 4: El Abono en Cuenta y Boleta de Pago
Una vez que el dinero llega a la PNP, se carga al sistema de planillas (MCPP).
El depósito: El dinero se transfiere directamente a tu cuenta del Banco de la Nación.




