20 de octubre de 2026

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Así se ejecutaría depósito del 2% en las cuentas de policías

Conoce cómo se realizaría paso a paso

 

La histórica ratificación del TC (Exp. 0019-2017-PC/TC) ha dado luz verde para que el Ministerio del Interior acelere el pago de la deuda por el diferencial del 2% (Decretos de Urgencia 090, 073 y 011).

De este modo, resta la voluntad política para que se proceda con dicho pago. Para garantizar un proceso transparente y evitar contratiempos administrativos, el desembolso del capital más los intereses legales (tasa BCR) se ha señalado el procedimiento estándar que debe seguirse.

  1. Consolidación del Padrón de Beneficiarios: Cruce de bases de datos entre la DIVPEN y la DIRPEN-PNP.

La Dirección de Pensiones de la PNP debe validar la relación oficial de los efectivos en situación de retiro, actividad y sobrevivientes (Montepío) con derecho reconocido entre los años 2002 y 2015. Los herederos deben confirmar que la Sucesión Intestada esté debidamente acreditada en el sistema.

  1. Emisión de la Hoja de Liquidación Individual: La Unidad de Economía realiza el cálculo detallado de la deuda por cada año de servicio. Este documento desglosa el 2% retenido y suma el monto por concepto de intereses legales, el cual suele representar hasta el 50% del total acumulado.
  2. Asignación Presupuestal y Decreto Supremo: Transferencia de partidas desde el MEF al Pliego Interior. Con la liquidación total validada, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autoriza la transferencia de fondos mediante un Crédito Suplementario, etiquetando los recursos específicamente para la ejecución de sentencias con calidad de Cosa Juzgada.
  3. Abono Directo en Cuenta y Registro en Boleta: El área de economía procesa la carga en la planilla. El dinero se deposita directamente en la cuenta bancaria del titular o deudo, figurando en la boleta mensual bajo el concepto de «Reintegro D.U. 090-073-011».

 

 

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