En caso de no cumplir con el pago de la gratificación en los tiempos establecidos, la empresa estaría cometiendo una infracción grave, lo que conlleva al pago de una multa según el tipo de empresa, la gravedad de la infracción o la cantidad de colaboradores afectados.
Hasta el 15 de julio del 2023, las áreas de recursos humanos tienen la responsabilidad de depositar el pago de la primera gratificación del año. ‘’Existen aspectos a tener en cuenta para el cálculo correcto y desembolso de las gratificaciones, así como requisitos que debe cumplir el colaborador para recibir este beneficio independientemente de la modalidad de contratación’’, señala Jimmy Huatuco, jefe de proyectos de Buk Perú.
¿Qué requisitos debe cumplir el colaborador?
De acuerdo a la Ley N.º 27735, los requisitos que debe cumplir un colaborador para recibir su gratificación son: llevar por lo menos un mes completo en la empresa, anterior al mes en que corresponde pagar la gratificación, y encontrarse trabajando durante la primera quincena de los meses en los que se paga el beneficio.
El cálculo correcto de la gratificación es clave para evitar exponer a la empresa a penalidades y sanciones por no cumplir con este beneficio según lo estipula la ley. ‘’Este escenario conlleva al pago de una multa según el tipo de empresa, la gravedad de la infracción o la cantidad de colaboradores afectados’’, advierte.
Aspectos a considerar y cómo calcular la gratificación:
- Días computables a considerar: Estos son los días de descanso vacacional, las licencias con goce de remuneraciones, los descansos o licencias establecidos por las normas de seguridad social y que originan el pago de subsidio y el descanso por accidente de trabajo que esté remunerado o pagado con subsidios de la seguridad social.
- Calcular el monto correspondiente: La cifra equivale a un sueldo completo, siempre y cuando el colaborador haya trabajado durante todo el semestre en el plazo que corresponde el depósito. En este caso, se otorga la gratificación completa. ‘’De haber un colaborador que haya trabajado menos de un semestre completo, se debe pagar un sexto de su remuneración por cada mes laborado.’’, detalla.
Por ejemplo, si un colaborador ha trabajado solo un mes, también accede a la gratificación y el monto que recibirá será equivalente a un sexto de la remuneración computable por el mes trabajado.
- La remuneración computable: es la que recibe el colaborador de manera mensual. Se debe determinar la remuneración fija y si su sueldo incluye conceptos variables como bonos, comisiones, etc. Para que estos montos variables se calculen dentro del monto de la gratificación, el colaborador debe haberlos percibido al menos tres meses en el semestre.
La gratificación no se encuentra afecta a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna. Además, el 9% que se aporta a EsSalud se debe depositar al colaborador bajo la modalidad de bonificación extraordinaria, tal como se señala en la Ley N.º 30334. De estar afiliado a una EPS, será de 6.75%.
Los pasos acelerados de la tecnología, en los últimos años, permitieron además de facilitar procesos como las firmas electrónicas, hoy están disponibles para los sistemas de planillas, cálculo de CTS, utilidades, beneficios sociales, entre otros. ‘’Es importante contar con las herramientas adecuadas para poder evitar errores. Por ejemplo, existen softwares integrales de recursos humanos que automatizan este cálculo y hacen el proceso más ágil.’’, recomienda Huatuco.