Desde hoy los aportantes cuyo número de DNI termine en 9 podrán solicitar el retiro de hasta 4 UIT.
¡Por fin! Luego de que el Congreso aprobara la Ley 31478 que faculta a los trabajadores el retiro extraordinario de los fondos provisionales de su Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) por hasta 4 UIT (S/18,400) en el contexto de la pandemia del Covid-19; los aportantes podrán enviar desde el día de hoy sus solicitudes para retirar el monto que necesiten.
El sistema es el mismo que se dio en los cincos retiros previos de fondos de las AFP, por lo que el cronograma se ha elaborado en función al último digito del documento de identidad (DNI) del afiliado.
Es así como, los afiliados que tengan el 9 como último digito deberán entrar al link consultaretiroafp.pe, el cual ya se encuentra habilitado y estará activo de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. y proceder a realizar la solicitud de forma online.
El orden para solicitar el retiro será de forma descendiente, del 9 hasta el 0, según el cronograma establecido.
Cabe destacar que los fondos de retiro AFP son intangibles, lo cual quiere decir que no están sujetos a ningún tipo de descuento, exceptuando los casos en los que existe un juicio de alimentos, que se verán afectados en un 30%.
¿Cómo se realizará el desembolso?
- Los afiliados deberán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
- El desembolso se realizará en tres partes y cada 30 días.
- En caso el afiliado ya no desee que el retiro se haga efectivo, deberá comunicárselo a su AFP. Esto deberá hacerlo por lo menos diez días antes que se realice el desembolso programado.