¡Atención! Publican nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos de Migraciones

La medida permite a las personas con Certificado de Permiso Provisional de Permanencia (CPP) solicitar el estatus migratorio especial de residente

por | Oct 23, 2023 | Actualidad

La medida permite a las personas con Certificado de Permiso Provisional de Permanencia (CPP) solicitar el estatus migratorio especial de residente

El Poder Ejecutivo ha aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Migraciones. Este TUPA incluye, entre otros aspectos, el proceso para que las personas extranjeras que poseen el carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) puedan solicitar la calidad migratoria de Especial Residente.

El nuevo TUPA, promulgado mediante el Decreto Supremo N°008-2023-IN, ha sido publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Este documento está compuesto por setenta y cuatro (74) procedimientos administrativos y veintiún (21) servicios que son proporcionados de manera exclusiva por la entidad migratoria.

Uno de los procedimientos contemplados es el cambio de calidad migratoria a Especial Residente, el cual puede ser solicitado por personas extranjeras que son beneficiarias del CPP, siempre y cuando hayan permanecido en el país por un mínimo de seis meses, contados desde la aprobación de su último permiso temporal. Esta calidad migratoria otorga el acceso al carné de extranjería.

Trámite virtual 

Conforme al actualizado TUPA, el costo del trámite para obtener la calidad migratoria de Especial Residente es de S/ 40.60, el cual puede ser abonado en el Banco de la Nación o a través de Págalo.pe, utilizando el código 07568.

El solicitante deberá acceder a la Agencia Digital Migraciones y completar el formulario correspondiente, proporcionando el número de recibo y la fecha de pago.

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Además, es necesario adjuntar una copia simple del pasaporte o de un documento de viaje similar reconocido por el Estado peruano, o bien, el documento oficial emitido por Migraciones.

También se requiere una declaración jurada que certifique la ausencia de antecedentes penales, policiales y judiciales actuales, tanto en el Perú como en el extranjero. Esto incluye la ausencia de alertas emitidas por Interpol, entre otros requisitos.

La Superintendencia Nacional de Migraciones evaluará la solicitud en un plazo máximo de 30 días hábiles. Durante este período, se verificará la información proporcionada por el solicitante a través de la interoperabilidad con diversas bases de datos.

El resultado del trámite será comunicado al buzón electrónico del solicitante. En caso de ser aprobada la calidad migratoria mencionada, deberá programar una cita para recoger el carné de extranjería correspondiente.

Con la calidad migratoria de Especial Residente, los migrantes podrán fortalecer su proceso de integración y mejorar su calidad de vida. Al contar con el carné de extranjería, tendrán la autorización para trabajar o emprender de manera formal, acceder a una variedad de servicios públicos y privados, y realizar actividades en conformidad con la legislación vigente.

Además, el nuevo TUPA también establece los procedimientos relativos al Estatuto Migratorio Andino, que regula el derecho comunitario de circulación y establece la residencia temporal y permanente aplicable a los ciudadanos de Perú, Bolivia, Colombia y Ecuador, entre otros aspectos.

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