También se podrán retirar los depósitos futuros hasta diciembre del 2023.
A partir de hoy lunes 6 de junio los trabajadores formales del sector privado y los trabajadores de las empresas del Estado sujetos al Decreto Legislativo 728, podrán retirar el 100% de su fondo de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), de acuerdo a la Ley N° 31480, y que fue reglamentada el sábado con el Decreto Supremo 011-2022-TR.
Al respecto, Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, recuerda que tal como ocurrió en 2021, la norma precisa que se permiten retiros parciales o totales, por lo que, en el caso de sacar el 100% del fondo en los próximos días, también se podrá proceder con el retiro posterior de los depósitos de la CTS de noviembre 2022, mayo 2023 y noviembre 2023, tomando en cuenta el plazo vence el 31 de diciembre de 2023.
Asimismo, el decreto señala que, en el caso de solicitar el retiro del dinero en efectivo, la entidad financiera deberá hacerlo de forma inmediata; pero si el trabajador desea que se transfieran los fondos a otra cuenta en otra institución, el plazo máximo para su ejecución será de 2 días útiles.
En este contexto, el especialista recomienda hacer un uso racional del dinero, y retirar los fondos en función de nuestras reales necesidades, considerando, además, que la cuenta CTS es la que paga mejores tasas de interés en comparación a un depósito a plazo o una cuenta de ahorros.
Asimismo, el laboralista César Puntriano recomienda solicitar, preferentemente por vía remota, que la entidad financiera efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que éste indique.