ATU exhorta al transporte público respetar el cobro de medio pasaje

La entidad notificó a 365 empresas autorizadas para resaltarles la importancia de reconocer este derecho

por | Sep 14, 2023 | Actualidad

La entidad notificó a 365 empresas autorizadas para resaltarles la importancia de reconocer este derecho

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) ha instado a los operadores de transporte público a respetar los beneficios de los pases libres y pasajes diferenciados destinados a estudiantes escolares, universitarios, miembros de la Policía Nacional, del Cuerpo General de Bomberos y personas con discapacidad severa.

Para garantizar el cumplimiento de esta disposición, la ATU ha enviado cartas a las 365 empresas autorizadas para brindar servicios de transporte público en Lima y Callao, recordándoles su responsabilidad de acatar la Ley N.° 26271, que regula estos derechos.

Medio pasaje escolar y universitario debe respetarse por ley. (Foto: Redes sociales).

El artículo 1 de esta ley establece que «El derecho a pases libres y a pases diferenciados y el derecho a pases cobrados por las empresas de servicio de transporte de pasajeros del ámbito urbano e interurbano del país, solo se aplicarán tratándose de miembros de la Policía Nacional y miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú, alumnos universitarios y de institutos superiores universitarios en profesiones o carreras cuya duración no sea menor de seis semestres académicos, y escolares».

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Además, el literal 20.4 del artículo 20 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que «Las personas con discapacidad severa inscritas en el registro del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) tienen pase libre en el servicio de transporte público terrestre urbano e interurbano».

ATU hace un llamado a las empresas de transporte público

La ATU hace un llamado a los operadores para que continúen colaborando en la prestación de un mejor servicio a las personas con discapacidad y a los estudiantes, contribuyendo así a su educación y al futuro del país. También recuerda que las empresas de transporte público que no cumplan con esta disposición podrían enfrentar sanciones que incluyen multas de hasta el 20% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/990, y la suspensión de la autorización para prestar servicios de transporte público durante cinco días. En caso de reincidencia, la multa podría llegar al 40% de una UIT, es decir, S/1980, junto con una suspensión de la autorización del servicio por 15 días.


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