Autoridades no podrán limitar la tercerización

Indecopi suspende aplicación de norma que la prohibía. Declara barrera burocrática las disposiciones que limitan el tercerizar servicios

por | Oct 19, 2022 | Actualidad, Economía

Indecopi suspende aplicación de norma que la prohibía. Declara barrera burocrática las disposiciones que limitan el tercerizar servicios

En segunda y última instancia, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi en Perú confirmó una medida cautelar en favor de la empresa Cosapi Minería, para que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) se abstenga de aplicar fiscalización o sanción contra la compañía por no cumplir con la norma que limita la tercerización laboral en el país andino.

En esa línea, Indecopi confirma la decisión que se tomó en primera instancia para declarar como barrera burocrática la limitación de la tercerización laboral en el Perú. Pero además de Cosapi, ni el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ni la Sunafil podrán exigir el cumplimiento de esta norma para cualquier empresa del sector privado.

Hasta el 9 de septiembre el Indecopi había recibido 343 denuncias contra el decreto supremo que prohibió la tercerización laboral del núcleo de negocio de las empresas en Perú, que fue aprobado por el Ministerio de Trabajo este año.

[Lee más: José Luna: Estamos seguros que se revertirá esta situación]

Según Indecopi, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi estuvo recibiendo diariamente nuevas denuncias contra esta normativa.

Además de denuncias contra la normativa peruana ante el Indecopi para que sean declaradas barreras burocráticas, algunas empresas en Perú también interpusieron denuncias ante el Poder Judicial por las limitaciones exigidas en la tercerización.

El Indecopi resaltó en su resolución que el incumplimiento de la medida cautelar ordenada podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a 92.000 soles peruanos.

Si bien esta decisión del Indecopi no implica que la medida que limita la tercerización laboral haya sido eliminada o derogada, sí obliga a Sunafil o el MTPE de abstenerse de exigir el cumplimiento de la norma o de sancionar a quienes la incumplan.


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