Con aporte para saldo pendiente
Una nueva iniciativa legislativa busca resolver una de las exclusiones más controversiales en el proceso de devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi): la situación de aquellos exafiliados que accedieron a préstamos a través del desaparecido Banco de Materiales (BANMAT).
El proyecto de ley, presentado por la congresista Rosio Torres Salinas (Alianza Para el Progreso), plantea una solución práctica y compensatoria: permitir que los fonavistas con saldo deudor pendiente con el BANMAT utilicen sus aportaciones al Fonavi para cubrir dichas obligaciones.
La propuesta legislativa busca modificar la implementación de la devolución para incorporar explícitamente a este grupo. Según el texto, los fonavistas que mantengan un saldo deudor con el BANMAT podrán solicitar la devolución de sus aportes «en pagos compensatorios de deudas conforme se dispone en el Artículo 7° de la Ley N° 29625».
Este enfoque se basa en una de las seis modalidades de devolución previstas en la ley original del Fonavi, lo que dota a la medida de un marco legal preexistente.
Definiciones Cruciales del Proyecto:
Saldo Deudor: Se define como el resultado monetarizado de la diferencia entre el monto pagado por el fonavista al Banco de Materiales versus el monto total de sus aportaciones al Fonavi.
Contingencias de Deudas: Se refiere a las contingencias establecidas en la Ley 28275, que permite la reestructuración por préstamos otorgados por el BANMAT.
La norma no solo se centra en los deudores activos. Busca también incorporar al proceso de devolución a aquellos fonavistas que ya cancelaron la totalidad de sus préstamos o que se acogieron a las contingencias legales (Leyes 28275 y 29231).
Para llevar esto a cabo, el proyecto establece que la Comisión Ad Hoc deberá coordinar con las entidades que administran la cartera de préstamos para:
Identificar a los fonavistas deudores y determinar su «saldo deudor».
Establecer las condiciones para su incorporación al proceso de devolución.
En el caso de quienes se acogieron a contingencias, el proyecto aclara que se deducirá del monto total de su devolución la parte del préstamo que dejaron de cancelar por efecto de dicha contingencia.




