La jueza del Cuarto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao, Edith Rubí Villarreal Huacachi, fue denunciada por probable Prevaricato, al haber emitido una resolución contraria a la ley en un cuaderno de Medida Cautelar, que busca favorecer a un ex accionista de una empresa minera.
La magistrada Villarreal Huacachi – que hace un año ocupó el cargo de Secretaria de la Presidencia de la Corte Superior del Callao-, emitió un fallo, que tuvo como efecto la suspensión de un acto jurídico en perjuicio de la Minera Shuntur SAC, por lo que procedieron a presentar una Queja ante la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (06/02/2025).
La demanda en el proceso principal, únicamente gira en torno a la impugnación de los acuerdos de la Junta General de Accionistas de la empresa Minera Shuntur SAC, realizada el 17 de febrero del 2023, sobre la cual existe una medida cautelar de anotación de demanda en el Registro Público de Personas Jurídicas (Partida N°12482205).
Sin embargo, sin explicación alguna, la jueza quejada ordena suspender los efectos de otra Junta General que se llevó a cabo el 03 de marzo del 2023, donde por mayoría se tomó el acuerdo de excluir a Dante Marsano Bacigalupo del accionariado de la Minera Shuntur S.A.C., debido a que sus acciones ponían en peligro la continuidad de la empresa; razón por el cual, en amparo de la Ley de Sociedades, se procedió a revocarlo de su cargo a fin de cautelar los intereses de la minera.
CUESTIONADA RESOLUCIÓN
El denunciante, Roberto Quispe Morán, abogado de la Minera Shuntur SAC (CAL N° 61916, DNI n° 41225188), dijo que la conducta desplegada por la magistrada Villarreal Huacachi, es tan grave que es pasible en el Delito de Prevaricato, pues ha dictado una resolución contraria al texto expreso y claro de la Ley (Art. 608° y 611° del CPC), y específicamente el art. 145° de la Ley General de Sociedades que señala expresamente que el juez solo puede suspender los efectos de los acuerdos impugnados.
El denunciante afirma que Dante Renzo Jorge Marsano Bacigalupo sólo impugnó los acuerdos de la Junta General del 17/02/2023, por lo que el Juez no puede suspender los acuerdos de otra junta general distinta a ella.
En la denuncia presentada ante el despacho del Fiscal Superior Penal del Callao, el abogado precisa que la magistrada ordenó el otorgamiento de la medida cautelar a favor de Dante Renzo Marsano Bacigalupo, a fin de suspender el Acuerdo de la Junta General de Accionistas de fecha 03 de marzo del 2023, que no es materia de impugnación, los acuerdos de dicha junta general en manifiesta contrario a lo señalado en la Ley General de Sociedades”.
En el proceso principal se ha impugnado únicamente la Junta General del 17/02/2023 y no sobre la Junta General del 03/03/2023, por lo que esta última no puede ser objeto de una medida cautelar que suspenda sus efectos, por lo que el señor Dante Marsano Bacigalupo, lo que pretende es subsanar su demanda, pues los plazos que la Ley General de Sociedades determinas para impugnar o pedir nulidad ya ha caducado, por lo tanto , la junta del 03 de marzo del 2023 es firme e inamovible”, detalló el abogado Quispe.
Para el denunciante, “los jueces de la República, al momento de expedir sus resoluciones, no pueden emitir una resolución contraria al texto expreso y claro de la Ley. Se ha contravenido los art.608° y 611° del CPC”.